Se nos solicitó publicar: Pedido por subsidios para las bibliotecas populares

“Si hay algo de lo que los entrerrianos nos sentimos orgullosos, es del movimiento cultural de la provincia. Esa corriente que creció desde lo regional y encendió a cada uno de los cultores, originarios o inmigrantes, para salir a la luz, para nacer, para animarse y dar vida a la Cultura Entrerriana. Este valor, cimentado en las instituciones construidas por voluntarios bien intencionados, solidarios y sin ambiciones económicas particulares, es la bandera de la cultura entrerriana, en el país y en el mundo. Muestra de ello son nuestras bibliotecas populares que en cada rincón del ‘Pago Chico’, abren sus puertas para dar entretenimiento, saber, posibilidades, caminos… Las bibliotecas populares son centros que desde su origen, trabajan por la equidad y la igualdad de los entrerrianos. La Ley Nº 8092 de 1988 y la Nº 9094 de 1997 de Entre Ríos enmarcan la creación de la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares y otorga un subsidio mensual con destino a sufragar gastos de personal, mantenimiento y adquisición de material bibliográfico. El mismo equivaldrá al duplo del sueldo básico inicial de un maestro de grado, perteneciente al Consejo General de Educación de la provincia. No es noticia de portada, pero aún no se ha hecho efectivo el pago de este subsidio de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2011 y tampoco se vislumbra el pago de lo correspondiente a los cinco meses de 2012. La ausencia de este subsidio tiene un impacto en cada biblioteca de gravedad variante, así como a algunas sólo les modifica el número de libros que adquieren, a otras las pone al borde de la quiebra. Por eso la pregunta del título: ‘¿Qué significa mendigar?’ Mendigar (del lat. mendicāre): Pedir limosna de puerta en puerta; solicitar el favor de alguien con importunidad y hasta con humillación. ¿Por qué las Bibliotecas Populares de Entre Ríos y los voluntarios que las impulsan, agilizan, mantienen y transforman tienen que mendigar que se cumpla una Ley?”. (Prof. Juan Carlos Favre-DNI Nº 17.831.624)

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