Formosa: la Corte Suprema le pidió un descargo a Insfrán por su reelección indefinida

El gobernador lleva ocho mandatos consecutivos al frente del Ejecutivo provincial.

La Corte Suprema de Justicia le dio 60 días de plazo al gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, y también a la fiscal de Estado de la provincia, Stella Maris Zabala, para que formulen un descargo sobre la reelección indefinida del mandatario.

“Por disposición del Tribunal, córrase traslado de la demanda a la Provincia de Formosa por el plazo de sesenta (60) días (arg. artículos 319, 322 y 338 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). A los fines de su comunicación al señor Gobernador y a la señora Fiscal de Estado en los términos del artículo 341 del código adjetivo, líbrese oficio al señor juez federal en turno de la ciudad de Formosa. Notifíquese a la parte actora por Secretaría”, señala la disposición dada a conocer este jueves.

En mayo del año pasado, el Frente Amplio Formoseño había presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un amparo solicitando la inconstitucionalidad del artículo 132 de la 
Constitución Provincial, que establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”.

En tanto, dos semanas atrás, el senador de La Libertad Avanza por Formosa Francisco Paoltroni había pedido al juez de la Corte, Ricardo Lorenzetti, que resolviera estos recursos sobre Insfrán.

El año pasado, la Corte había declarado la inconstitucionalidad de la reelección por más de dos mandatos en San Juan, Río Negro y Tucumán.

Ahora, la Corte tiene tres recursos sobre la reelección de Insfrán: uno presentado por la Confederación del Frente Amplio Formoseño, otro por Paoltroni con el auspicio del 
constitucionalista Daniel Sabsay y otro del diputado opositor y ex juez formoseño Fernando Carbajal.

Por su parte, Insfrán gobierna Formosa desde fines de 1995 y desde entonces fue reelecto en ocho oportunidades, lo cual está avalado por la Constitución de la provincia.

Sin embargo, la Corte Suprema deberá determinar si la carta magna provincial colisiona con la nacional en los principios referidos a la alternancia en el poder. 

NA

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