Facturación electrónica: ARCA implementa la liquidación mensual e incorpora sectores excluidos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) unificó y simplificó los procedimientos vigentes del régimen de facturación electrónica, mediante la Resolución General 5866/2026, publicada esta semana en el Boletín Oficial.

La nueva normativa incorpora la “Liquidación electrónica mensual”. Este mecanismo permite que determinados sectores puedan facturar sus operaciones de forma individual o mediante un único comprobante por período mensual a cada cliente.

Sujetos que pueden optar por esta modalidad

Estos comprobantes mensuales deberán emitirse hasta el último día de cada mes y ponerse a disposición de los receptores en un plazo máximo de diez días corridos desde su emisión.

Asimismo, la normativa actualiza el umbral para la identificación obligatoria de consumidores finales. A partir de ahora, se deberá exigir el DNI, CUIL o pasaporte cuando el importe de la operación sea igual o superior a $10.000.000. Aunque, si el receptor lo solicita para computar deducciones en el impuesto a las ganancias, la identificación mediante CUIT es obligatoria sin importar el monto.

Plazos de emisión

Por otro lado, para las instituciones educativas de gestión privada, se ratifica que sus comprobantes deben detallar por separado la enseñanza programática, la extraprogramática y otros conceptos como comedor o transporte. Además, deberán emitir facturas electrónicas separando las actividades comprendidas en los niveles de educación oficial de las que no lo están.

En el sector asegurador, se eliminan los sistemas específicos previos, como el “WebService” de seguros de caución de la Resolución General 2668, para que todas las operaciones se gestionen mediante un único “WebService” general y las aseguradoras operen bajo un sistema unificado de facturación electrónica.

Excepciones a la obligación de facturar

La normativa detalló quiénes están exceptuados de emitir comprobantes en situaciones específicas. Entre ellos se encuentran:

Cronograma de implementación

Aunque la norma general entra en vigencia el 1 de julio de 2026, ARCA estableció un cronograma escalonado:

Agencia NA

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