Sube el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias: desde cuándo y a cuánto se va

La suba del mínimo no imponible de Ganancias se hace en función del RIPTE que quedó por debajo de la inflación. Así podrían comenzar a tributar trabajadores que hasta ahora estaban exentos.

Técnicamente, los trabajadores que ganen 173.834 pesos deberían pagar una alícuota del 5%; los que perciban entre esa cifra y 347.669 pesos, el 9%; y los que llegan hasta 521.503 pesos, el 13%. Pero por efecto del aumento de la deducción especial incrementada por ley, aunque están alcanzados, no pagarán.

Así, el piso del Impuesto a las Ganancias para los asalariados pasará de los actuales 330 mil a 404.062 pesos desde el próximo 1° de enero, según adelantó este lunes ámbito.co m . El gobierno todavía no ha aplicado estos cambios, pero se estima que el Ministerio de Economía lo haga en los próximos días.

“Cuando la remuneración o haber bruto mensual sea mayor a los 404.062 pesos y hasta la suma de 466.017 pesos, se va a poder computar un monto en concepto de deducción especial incrementada conforme a la reglamentación que dicte la Administración Federal de Ingresos Públicos”, señaló Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios. Domínguez indicó que “cuando la remuneración o haber bruto mensual sea igual o superior a los 466.017 pesos no corresponderá ninguna deducción especial adicional generando un perjuicio importante”.

El especialista detalló que, si el promedio de la remuneración mensual de 2023 supera los 404.062 pesos, entonces el aguinaldo del año próximo está íntegramente gravado por el impuesto a las Ganancias. En cambio, si el promedio mencionado no supera los 404.062, entonces estará exento hasta la suma de 202.031 pesos, es decir, la mitad.

Domínguez indicó que la Ley de Presupuesto 2023 “facultó al Poder Ejecutivo a incrementar el monto del aguinaldo exento y de las deducciones especiales incrementadas” aplicables a los empleados en relación de dependencia. “En nuestra opinión, este tipo de delegaciones son inconstitucionales y es el Congreso Nacional quien tiene que efectuar las modificaciones”, señaló. El tributarista indicó que “los legisladores no han tomado en cuenta la dimensión de los problemas de implementación que genera la aplicación de las deducciones especiales incrementadas tanto para los empleadores, para la propia Administración Federal de Ingresos Públicos como para los profesionales y empresas que se dedican a la liquidación de sueldos”.

De acuerdo con los datos del Ministerio de Trabajo, el salario promedio de los trabajadores registrados fue en octubre pasado de 174.436,90 pesos, con un incremento del 5% respecto de septiembre y del 78,8% respecto de un año atrás. En ese período, la inflación varió 6,3% en la comparación intermensual y 88% en la interanual. Es decir, el salario promedio perdió casi 10 puntos en un año. Aun así, algunos asalariados van a tener que pagar el impuesto (M1).

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y los términos de servicio de Google.