Se clausuró la Residencia Geriátrica “El Hogar de Roxi” de Diamante

favottiEl pasado 20 de noviembre, por disposición del Juez de Faltas local, Dr. Paolo Favotti (FOTO), se procedió a la clausura de la Residencia Geriátrica “El Hogar de Roxi”.

La medida fue adoptada en el marco de las actuaciones caratuladas: “Informe Bromatológico-Residencia Geriátrica”.- Letras: JFI. Nº: 04/14. Iniciado: 23/10/14, que se tramitaran en el Juzgado de Faltas de Diamante, donde en 69 fojas se han investigado las diferentes faltas cometidas por la titular de la actividad comercial, las cuales de manera preventiva determinaron su clausura.

“Hemos llevado adelante un proceso ejemplar, que en menos de un mes de haber tomado intervención desde el Juzgado de Faltas, determinó la clausura del comercio en condiciones irregulares. Para los que entendemos de expedientes y plazos, es absolutamente trascendente que en tan corto periodo se haya podido llegar a adoptar la medida, más si tenemos en cuenta que en el mismo se respetaron absolutamente todas las garantías procesales al presunto infractor, se escuchó al mismo y no solo a éste, además se dio intervención a casi 20 personas, parientes y/o encargados de las personas alojadas en la residencia, se los escuchó, se tuvo en cuenta su opinión y en tiempo record se notificó la medida. Porque tenemos claro que no se trataba de mercadería lo que existía en el comercio, sino de abuelos que nada tienen que ver con las faltas cometidas por el comerciante y los parientes debían estar al tanto” expresó el Dr. Paolo Favotti y agregó que “creo importante resaltar que la medida si bien es adoptada por mí, la tramitación de un expediente tan complejo requiere de muchas personas, exigencia a la que lamentablemente no podemos responder y aun así obtuvimos el resultado deseado, ello no hubiese podido ser así sin  dedicación prestada por la Secretaria del Juzgado de Faltas, Dra. María Laura Chemez y el auxiliar Pedro Martín Ricle, quienes se ocuparon de instrumentarla”.

Dicha medida, se trata de una medida preventiva o cautelar, que no resuelve la situación de fondo del comercio y solo es aplicada a los efectos de evitar que las faltas se sigan cometiendo, pero nada obsta a que la misma sea de carácter definitiva, transcurrido el mes de clausura, las actuaciones ingresaran nuevamente a despacho para que el Juez determine si la clausura es definitiva y además estudie la sanción final a aplicar por las faltas constatadas.