Salud impulsa guía operativa para atender embarazos adolescentes

El Ministerio de Salud definió trabajar en una guía conceptual y operativa como herramienta de consulta y aplicación en hospitales y centros de salud para el abordaje integral, interdisciplinario e interinstitucional del embarazo en niñas y adolescentes menores de 15 años.

En el marco de la redefinición de políticas públicas de Salud para la provincia de Entre Ríos, existe un componente sensible, sujeto siempre a acciones múltiples, cambiantes y a revisar permanentemente como línea de trabajo. Se trata del abordaje de la salud integral de las y los adolescentes, y la problemática del embarazo en menores de 15 años.

Para la planificación de acciones, el tratamiento de los nuevos paradigmas se divide en dos: las niñas menores de 15, y el grupo de 15 a 19. En sus facetas reproductivas, tienen implicancias diferentes en las diversas dimensiones, si ocurre un embarazo no deseado. Existen determinantes biológicos, psicológicos, sociales y simbólicos que repercuten en el desafío de la atención sanitaria.

En este contexto, se realizó un encuentro del equipo interdisciplinario del Ministerio de Salud de Entre Ríos para dar respuestas pertinentes frente a la problemática del embarazo adolescente. En la reunión, encabezada por la ministra Sonia Velázquez, se definieron ejes de trabajo precisos para complementar acciones entre las direcciones y programas del nivel central y los efectores entrerrianos.

Bajo una fuerte impronta en el cumplimiento de los derechos de las menores entrerrianas, y siendo contundentes con el resguardo de la privacidad de estas pacientes, la cartera sanitaria comenzó a delinear una guía de consulta operativa para los equipos de los hospitales y centros de salud, a modo de protocolo de actuación en estos casos.

En la ocasión, Velázquez aseguró: “Planificamos las estrategias en torno a los emergentes en salud y los procesos salud-enfermedad, para poder vehiculizar de manera respetuosa y responsable los abordajes para la captación y seguimiento de las niñas embarazadas. Estamos definiendo con mayor precisión las líneas de acción y cambiando algunos paradigmas conceptuales en los espacios de encuentros interinstitucionales que ya venimos desarrollando”.

“Pautamos herramientas concretas y al alcance de todos los equipos sanitarios, revisando las propias prácticas desde cada efector, y revalidando las acciones, por medio de un componente normativo sin perder la singularidad de las personas –indicó la ministra-. Es un avance muy importante en materia de derechos adolescentes, y por eso aunamos fuerzas entre todos los sectores”.

Por su parte, el subsecretario de Redes Integradas de Servicios de Salud, Guillermo Zanuttini, remarcó: “Como para tomar una referencia histórica, en el año 2011 habíamos tenido 156 niñas madres menores de 15 años que habían dado a luz en ese período. El último registro que tenemos es del año 2017 donde ocurrieron 96 nacidos vivos hijos de madres de esa franja etárea. En consecuencia, y tomando la estadística es un avance muy significativo en términos epidemiológicos la disminución de casos. Igualmente como provincia, comparadas las 24 jurisdicciones, nuestra proporción de embarazos adolescentes está por encima de la media nacional”.

Notificación obligatoria

Como parte de las estrategias sanitarias para la atención y seguimiento de la salud de los y las adolescentes en nuestra provincia, además de la guía de actuación, es importante la comunicación continua entre los efectores y el nivel central.

Por esto, desde el Ministerio de Salud, también avanzan en la notificación obligatoria de embarazos adolescentes en menores de 13 años a la Dirección Materno Infanto Juvenil. En tanto, los casos que generen sospecha de abuso sexual en menores de 15, también deberán ser comunicados.

“Cuando logremos formalizar institucionalmente esta decisión para acompañar las intervenciones, vamos a fortalecer este otro aspecto en el proceso de responsabilización que se le otorga a los directores de establecimientos sanitarios y a todo el equipo de profesionales”, señaló Zanuttini.

“El primer desafío es que el abordaje sea del equipo de salud y el seguimiento activo de cada caso, desde la resolución del evento, hasta acciones consecutivas. Asimismo, será necesario supervisar que los protocolos tanto de abuso infantil como de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) o de control prenatal de alto riesgo puedan estar a la orden del día en los equipos y los puedan aplicar con la máxima rigurosidad que requiere el abordaje”, manifestó el funcionario.

Embarazo adolescente

En la provincia de Entre Ríos un 18,9 por ciento de los nacidos vivos corresponden a embarazos de madres adolescentes. En la mayoría de los casos, son no intencionales y conllevan un cambio estructural en la vida de chicas y chicos de entre 10 y 19 años. Esto puede afectar la salud, el bienestar y las oportunidades de trabajo, estudio y desarrollo personal. En las menores de 15 años, puede significar grandes riesgos para la salud y, si se produce por un abuso sexual o violación, afecta gravemente su integridad física y psicológica.

Según datos del Sistema Informático Perinatal (SIP), en los últimos 5 años, 7 de cada 10 embarazos en adolescentes de entre 15 y 19 años, no son intencionales, y 8 de cada 10 embarazos en niñas menores de 15 años tampoco son buscados y, en la mayoría de los casos, es consecuencia de situaciones de abuso sexual y violación.

En tanto, según información recabada por la Dirección de Estadística e Información de Salud (DEIS), 109 mil adolescentes y 3 mil niñas menores de 15 años, tienen un hijo o hija cada año, lo cual representa el 15 por ciento de los nacimientos anuales.

Normativa vigente

El Ministerio de Salud de Entre Ríos, mediante Resolución 2883 y 3616 actualizó en 2017 el Protocolo para la atención Integral de las personas con derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), adhiriendo al Protocolo Nacional que respeta el Código Penal Art. 86, Inc. 1 y 2; el fallo FAL de la Corte Suprema de la Nación, y las disposiciones del nuevo Código Civil y Comercial.

El artículo 86 del Código Penal de la Nación determina los casos en los que el aborto se encuentra despenalizado, es decir, permitido. Según la segunda parte de este artículo: “El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; o bien, si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.

Presencias

Cabe citar que en este segundo encuentro estuvieron presentes integrantes de los equipos de las direcciones Materno Infanto Juvenil, de Atención Médica, y de Salud Mental; de la coordinación de Programas; de la Unidad de Gestión de Políticas Preventivas de las Violencias en las Relaciones de Género; del hospital materno infantil San Roque; entre otras áreas del nivel central.

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