Rige en Crespo las nuevas restricciones nocturnas

El municipio acató las nuevas disposiciones provinciales debido al ascenso de casos en la ciudad. Habrá algunas excepciones para fiestas ya programadas y controlarán al sector gastronómico en el cumplimiento de los protocolos.

Ante el aumento de casos de COVID-19 registrados durante las últimas semanas en el ámbito de la ciudad, y con la intención de contener y mitigar la propagación de la epidemia de COVID-19 y preservar la salud pública, la Municipalidad de Crespo adhiere al Decreto 05/2021 del Poder Ejecutivo Provincial que restringe en todo el territorio de Entre Ríos la circulación de personas y la realización de actividades comerciales en la franja horaria comprendida entre la 1:00 AM y 6 AM, con una tolerancia de 30 minutos, desde el sábado 9 de enero al domingo 24 de este mes inclusive. Exceptuándose de lo dispuesto a las actividades declaradas esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento, conforme previsto en el artículo 11 del DNU Nº 1033/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

Excepciones

Ante la proximidad de las disposiciones emanadas por la provincia y en facultades otorgadas por el Decreto 05/2021 a los municipios, en el orden local habrá excepción para tres fiestas que ya fueron debidamente habilitadas para este sábado 9 de enero. Situación que ya fue notificada a la comisaría local.

En dichas celebraciones habrá controles para constatar el correcto cumplimiento de los protocolos sanitarios establecidos previamente para su habilitación. La tarea coordinada por la Secretaría de Economía, Hacienda y Producción, contará con el trabajo articulado entre distintas dependencias: Administración Fiscal y Tributaria, Área de Habilitaciones, Área de Inspecciones y Guardia Urbana Municipal.

En la oportunidad se verificará que en la zona de acceso se realice el control de temperatura corporal y la provisión de sanitizante (alcohol en gel, solución de alcohol, etc.); la existencia del registro de asistentes; la colocación de barbijo/tapabocas al ingreso de invitados y personal de servicio; la colocación de dispensadores de alcohol en gel en las distintas zonas del establecimiento; el armado de mesas (máximo de 7 comensales); la existencia de toallas de papel descartable, jabón líquido y alcohol en gel, y de alfombras sanitizantes al ingreso y salida de los sanitarios; el uso de guantes de nitrilo/latex y barbijo en el personal de mozos, cocina y de barra. También se observará que el distanciamiento mínimo sea de dos metros entre mesas, y en las filas que se formen tanto en el ingreso, barras (deben estar en el exterior del salón), sanitarios. Además, se controlará la correcta ventilación natural.

Inspecciones

En los comercios habilitados para ejercer este rubro se verificará que la ocupación de los espacios cerrados no exceda de las capacidades habilitadas para COVID-19, y que el distanciamiento entre mesas no sea menor a 2 m. La densidad máxima de ocupación será de 1 persona/2,25m2; quedando prohibida la realización de eventos y encuentros.

Se verá el cumplimiento de la disponibilidad de alcohol en gel/solución de alcohol 70% y toallas de papel descartable en el ingreso del local, mostrador y para atender la solicitud de estos elementos en las mesas; y la existencia del lado exterior del local de un trapo de piso embebido en solución de agua con lavandina.

Se observará que se cumpla con los demás protocolos establecidos como: cartas de menú en formato virtual con código QR o plastificadas; utilización correcta del barbijo; registro de asistentes; uso de manteles plásticos o cubiertos con protector de nylon para facilitar la desinfección; y en espacios abiertos, los respaldos de sillas ocupadas entre cada mesa deberán guardar un mínimo de 1.5 metros de distancia.

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