Quiso cobrar la herencia de su hijo, pero la Justicia lo impidió porque no había pagado la cuota alimentaria

La Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza protagonizó un fallo histórico al ratificar la decisión de la jueza Fabiana Martinelli, quien hace algunos meses declaró la “la indignidad de un padre”, a quien excluyó de la sucesión de su hijo, fallecido el 16 de noviembre de 2016. La Justicia mendocina rechazó la apelación del padre por “abandono del hogar conyugal hace más de 10 años y porque no ha mantenido ningún contacto con su ex mujer ni con sus hijos, ni se ha hecho cargo de los alimentos que le corresponden como padre”.

Pablo Federico Cobos murió en la fecha mencionada. Sus padres, Victor Manuel Cobos y Graciela Isabel Vargas se separaron informalmente el 1 de abril de 2001, fecha en la que el hombre se fue de la casa y Pablo tenía 9 años. El de 2 de junio de 2005 se declaró disuelta la sociedad conyugal. Sin embargo, el 4 de septiembre de 2001, en instancia de mediación, las partes acordaron una cuota alimentaria para Pablo y Roxana -su hermana- de $75 mensuales. Cobos debía pagar la obra social y una deuda por alquileres, monto que a partir de enero de 2002 sería de $200.

Infobae

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