Proyecto de reforma al C. Penal para aclarar los casos de aborto no punible

Raúl Barrandeguy y Julio Solanas, diputados por el Frente para la Victoria (FPV), presentarán este miércoles en la Cámara baja un proyecto de reformas al Código Penal a fin de aclarar los casos de aborto no punible.

El proyecto, al que tuvo acceso APF, propone la modificación del artículo 86 del Código Penal el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 86: Incurrirán en las penas del artículo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperasen a causarlo. El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:

1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o psíquica de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;

2. Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor. Si la víctima fuese incapaz, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.

Entre los fundamentos, los diputados exponen que una de las cuestiones más delicadas que el derecho penal debe afrontar en estos tiempos se presenta cuando la víctima de una violación de la que resultara embarazada, decide interrumpir dicho embarazo, y aclaran que la duda se da por si “se encuentra justificada tal conducta o amparada por alguna eximente de responsabilidad”.

 

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