Proyectan más restricciones al uso y comercialización de pirotecnia en Crespo

En la actualidad, en Crespo está en vigencia la Ordenanza 22/16, que establece la prohibición de toda pirotecnia sonora que supere los 65 decibeles. En la sesión del Concejo Deliberante de este miércoles, ingresó un proyecto firmado por el edil Javier Malavassi (Frente Crespo Nos Une-Cambiemos), que expresa en sus articulados que no se permitirá en la ciudad, la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora, incluyéndose los globos aerostáticos encendidos. Quedan excluidos de esta ordenanza, los artificios pirotécnicos lumínicos, como cañas voladoras, estrellas, juegos de luces sin sonido y los productos pirotécnicos lumínicos que no superen una emisión sonora de 65 decibles a 20 metros de distancia desde su lanzamiento.

En la iniciativa, a la que tuvo acceso El Observador, también se establece que quedan excluidos de la prohibición, los artículos para señales de auxilio y emergencias náuticas, como así también los de uso de las Fuerzas Armadas de Seguridad y/o Defensa Civil y Guardia Urbana Municipal.

La venta de pirotecnia, solo podrá ser realizada por los comerciantes debidamente habilitados por el RENAR y por la municipalidad, según corresponda y que cuenten con depósitos propios autorizados por estos entes reguladores.

También el proyecto, que será evaluado por los ediles en las próximas reuniones de comisión, marca que queda prohibida la venta de estos elementos a menores de 16 años.

En cuanto a sanciones, se estipula que el incumplimiento de la ordenanza derivará en el correspondiente decomiso y destrucción de los elementos por parte de las autoridades municipales y la aplicación de sanciones a los infractores, de multas de entre 100 y 200 litros de nafta Premiun (YPF), lo que se duplicará en caso de reincidencia, más la clausura de 1 a 6 días, si se tratara de infracciones por parte de locales comerciales.

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