“Pirotecnia Sonora Cero” en Crespo

En vistas de las fiestas de fin de año, desde el municipio de Crespo se recordó que está en vigencia la Ordenanza Nº 53/2020, que regula el uso de pirotecnia en la ciudad y establece que no se permite “la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora” y se incluyen en esta prohibición los globos aerostáticos encendidos.

Entre los productos alcanzados por esta ordenanza, están todos los artefactos destinados a producir efectos sonoros, audibles o mecánicos, como los cohetes, petardos, rompe-portones, bombas de estruendo, morteros y cualquier otro elemento similar que produzca combustión y/o explosión exclusivamente para producir sonido.

Quedan excluidos, los artificios pirotécnicos lumínicos exclusivos, como cañas voladoras, estrellas, juegos de luces sin sonido y productos pirotécnicos lumínicos que no superen una emisión sonora de 65 decibeles a 20 metros de distancia desde su lanzamiento. El objetivo es evitar la grave contaminación sonora en el medio ambiente y que no se generen riesgos a la propiedad, a la salud, a la vida humana, mascotas y animales domésticos y salvajes.

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