Personal de las comunas se incorporará al IOSPER y al sistema previsional

La Cámara de Diputados de la provincia aprobó la modificación del Artículo 48° de la Ley N° 10.644 de comunas, estableciendo que las relaciones entre las mismas y sus empleados, se regirán por la “Ley del Régimen Jurídico Básico”, no pudiendo sancionar normas relativas a la relación con sus trabajadores.

Al respecto, el diputado Dr. Julián Maneiro (Juntos por el Cambio) explicó que “en lo práctico, implica que los empleados, los integrantes del Departamento Ejecutivo y de los Consejos Comunales, siempre y cuando perciban haberes mensuales, quedarán obligatoriamente comprendidos en el Régimen del IOSPER y en el de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos. Asimismo, podrán acogerse a los beneficios del Seguro de Vida de la Ley N° 3011”.

Cabe acotar que el texto aprobado, pasó a la Cámara de Senadores para su tratamiento.

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