Opinión del diputado D’Agostino sobre imprescriptibilidad de delitos de corrupción

dagostinoEl fallo la Cámara platense que días atrás declaró la imprescriptibilidad de delitos de corrupción en un expediente en el que se investigaba al ex juez Julio César Miralles, invita a una reflexión sobre los tiempos de la justicia y, sobre todo, el alcance que debe  tener ésta con quienes administran la cosa pública.

Quienes somos legisladores y trabajamos con los recursos del Estado tenemos una doble responsabilidad. Ante los ciudadanos, cumpliendo nuestras propuestas o de lo contrario, argumentando consistentemente porque no se cumplen y ante el Poder Judicial, para que por la ley, darle herramientas que afiancen la justicia. Pero esa doble responsabilidad muchas veces es atropellada por la doble moral, que quizás sea el peor de los atributos de la política, donde se dice una cosa pero no se construyen las instituciones para que lo dicho se haga realidad. Debemos dar vuelta la ecuación y volver a poner a la rendición de cuentas en el centro de la escena, y dotar de normas  a nuestro sistema judicial para poder ir en esa dirección.

Todos los partidos políticos o Frentes pueden pensar como deseen, pero ninguno puede prescindir de la necesidad de legitimidad que se le debe al Estado y sus instituciones. Si el pueblo de la Nación Argentina no cree, no hay discurso o ley que pueda blindar los valores esenciales para vivir en paz y con bienestar.

Es por eso que celebro la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, integrada por los Jueces César Álvarez y Leopoldo Schiffrin y la Jueza Olga Ángela Calitri, que declaró imprescriptibles los delitos de corrupción previstos en el Código Penal en la investigación contra Miralles y la actitud de la diputada Elisa Carrió, que se presentó como Amicus Curiae y pidió que se declare la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción en los que sea parte algún funcionario de alguno de los tres poderes.

Durante mucho tiempo, los funcionarios públicos entendieron que era lo mismo administrar los bienes propios que los del Estado, por eso creo, que es necesario dar un paso más allá, y ofrecer una respuesta institucional ante estos casos. De allí que desde mi banca en la Cámara de Diputados de la Nación he abordado esta problemática y presenté un proyecto de ley para volver imprescriptibles los delitos por corrupción. (ver en http://www.hcdn.gob.ar/proyectos/proyecto.jsp?id=181291)

Con una simple pero contundente modificación del articulado del Código Penal, volveríamos imprescriptible la acción penal para los funcionarios públicos y toda persona que de cualquier modo hubiere participado de los siguientes delitos: A.- fraude en perjuicio de la administración pública; B.- cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados y encubrimiento; C.- lavado de activos de origen delictivo; D.- y todo otro delito cometido en el ejercicio de la función pública, con el fin de obtener provecho ilegal para sí mismo o para un tercero, haya o no detrimento del patrimonio del Estado.

Además, propongo que la acción penal y la pena impuesta en orden a los delitos enunciados a un funcionario público y a toda persona que de cualquier modo hubiere participado en el mismo hecho, no se extinguen por amnistía, indulto, ni podrán ser conmutadas. En el mismo sentido de rigor, he solicitado que los corruptos pierdan el derecho de detención domiciliaria que hoy se les otorga a los 70 años, que pueden ver aquí (http://www.hcdn.gob.ar/proyectos/proyecto.jsp?id=188323).

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