Justicia: Prórroga por 60 días en los procesos por violencia familiar y de género

A través de un comunicado enviado a nuestra redacción, desde el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, se dio a conocer la medida dispuesta desde este jueves 19 de marzo para los juzgados con competencia en violencia familiar y violencia de género de la provincia.

Resuelvo: I.- DISPONER la renovación automática requerida de todas las medidas vigentes y dispuestas en los Procesos de Violencia Familiar (Ley Nº 9198) y de Género (Ley Nº 26.485) en trámite por ante este Juzgado de Familia y/o Juzgados Civil y Comerciales de la jurisdicción por el plazo de SESENTA DIAS (60) a partir de la fecha, tanto sean de: a) Prohibición de realización de actos molestos y perturbadores, en forma personal, vía telefónica y/o redes sociales hacia la víctima y grupo conviviente, b) Prohibiciones de Acercamiento por parte del victimario hacia a la víctima, tanto sea a su domicilio como a lugares de trabajo, vía pública o cualquier otro lugar en que se encuentre; c) Mantenimiento de las exclusiones decretadas y de las prohibiciones de ingresos a los domicilios de los victimarios en resguardo a las víctimas y al grupo familiar conviviente; d) El mantenimiento de la suspensión del régimen de comunicación con el agresor denunciado salvo modificaciones comunicadas en forma fehaciente por el organismo de seguimiento que amerite la revisión de dicha medida; y e) El mantenimiento de los alimentos provisorios otorgados dentro del marco de los procesos de violencia familiar o de género”.

A mayor amplitud aclaró que “la resolución que se transcribe implica que todas las medidas que se hubieran dispuesto en trámites de violencia familiar y/o de género y que se encuentren vigentes hasta la término del receso extraordinario, son prorrogadas automáticamente por el término de 60 días desde fecha 19/03/2020”.

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