Moratoria jubilatoria: Cómo quedan los monotributistas y autónomos

Los que tienen deuda previsional, tanto como autónomos o como monotributistas, pueden ingresar en la moratoria, contando con una previa condonación de esa deuda. Posteriormente podrían declarar los meses no trabajados y los meses trabajados y no pagados, porque esa deuda ya quedaría condonada. Así está estipulado dentro de la reglamentación de la ley de moratoria: “con el fin de poder adquirir la Unidad de Pago de deuda Previsional a la que refiere el inciso a) del artículo 2° de la ley que se reglamenta, se entiende que la persona solicitante no ha prestado servicios en carácter de autónoma y/o monotributista cuando los períodos fueran o hubieren sido renunciados dentro del marco de la Ley N° 25.321”. Se estableció que los períodos a declarar en la moratoria deben ser anteriores a diciembre del 2008inclusive.

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