Luego de la condena a perpetua a Nahir Galarza, su defensa apelará a Casación

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú decidió de forma unánime dictar la prisión perpetua a la imputada del crimen de Fernando Pastorizzo. La defensa adelantó que apelará a Casación. La condenada mantendrá la prisión preventiva hasta que la sentencia adquiera firmeza y luego será trasladada a la Colonia Penal.

El caso se convirtió en algo histórico, no solo para Gualeguaychú, sino también para el resto del país, porque Nahir Galarza se transformó en la mujer más joven de la Argentina en recibir la pena máxima del Código Penal de la Nación.

Ella no estuvo presente ayer en la última y definitiva audiencia. Sabía que iba a ser el foco de atención de la gran cantidad de canales de televisión que llegaron a la ciudad para tomar la imagen del momento en que recibía la condena, y por eso decidió quedar esperando la noticia en la celda que mantiene desde principios de enero en la Comisaría de la Mujer.

Fue una mañana cargada de expectativa. Desde muy temprano los móviles de los canales de televisión desplegaron sus antenas satelitales en Sáenz Peña y Rivadavia, mientras los camarógrafos posicionaban los trípodes en dirección al edificio de Tribunales.

Toda la atención estaba puesta en ese lugar, pero hasta las 11 no iba a comenzar la audiencia. Mientras tanto los periodistas trataban de adelantar lo que iba a ocurrir a través de sus propias percepciones. Fue hasta último momento que se especuló con la llegada de la imputada, e incluso hubo muchos que confiaron en que no se iba a perder esa última audiencia “por lo orgullosa que era”. Pero Nahir no apareció.

Entonces el foco se redireccionó hacia los que sí habían llegado temprano e iban a estar presentes en el adelanto de veredicto. Los abogados de las partes y los familiares de la víctima fueron llegando poco a poco, pero ninguno prefirió adelantar nada hasta después de la audiencia.

Recién a las 10 se abrió la puerta de la sala. Y entre el desorden y la muchedumbre los periodistas y los camarógrafos fueron ganando lugar dentro del recinto, pero sin tocar el espacio que la Oficina de Gestión de Audiencias había reservado para la familia Pastorizzo.

Una hora después ingresó el Tribunal.

Sin dudas que hubo vínculo

El presidente de este Tribunal, Mauricio Derudi, leyó la parte resolutiva de la sentencia a la que arribó de forma unánime y detalló brevemente qué aspectos fueron tomados en cuenta por los magistrados para arribar a la condena de prisión perpetua.

En primer término se dejó en claro que en todo momento “no se ha apreciado afectación alguna al derecho de defensa de la encausada, quien ha contado con los medios y con el tiempo necesario para preparar su defensa asistida por diferentes letrados durante todo el derrotero procesal”.

En base a ello, “el Tribunal entendió que la denuncia de violación al debido proceso formulada por la Defensa Técnica, deviene huérfana de todo sustento fáctico y jurídico, apareciendo como un vano intento de cuestionar un trámite procesal que no presenta un solo atisbo de irregularidad”.

Sobre el fallecimiento de Fernando Pastorizzo, las causas de su muerte, las circunstancias de tiempo y lugar en que se desencadenan los hechos, y la intervención de Nahir Galarza en el crimen, el Tribunal consideró comprobado que Fernando Pastorizzo recibió un primer disparo por la espalda a quemarropa, que los expertos describieron como “contacto flojo” entre la boca del arma de fuego y el cuerpo de la víctima. Y un segundo disparo de frente, cuando se hallaba mortalmente herido en el piso con la moto sobre una de sus piernas, el cual ingresó por la parte anterior del tórax, efectuado a una distancia de entre 20 y 50 centímetros entre la boca del arma y el cuerpo del fallecido.

“Ambos disparos en modo alguno no fueron accidentales o involuntarios, sino que se trataron de tiros intencionados y dirigidos”, se leyó en la resolución, donde también se especificó que quedó “destruida la hipótesis de la defensa que sostuvo que los disparos se produjeron de manera involuntaria”.

Con respecto al planteo de la relación de pareja, que la defensa consideraba que no había sido probada durante el juicio, los jueces coincidieron que de los testimonios rendidos, de la prueba documental incorporada y de los informes efectuados a los teléfonos celulares de la víctima y de la acusada, y de otros informes técnicos, fue comprobado el vínculo entre ambos.

“En consecuencia el Tribunal considera haber alcanzado la convicción necesaria para considerar acreditado con el grado de certeza que exige una sentencia condenatoria y fuera de toda duda razonable, la materialidad del hecho y la intervención de la imputada en el mismo, en las precisas circunstancias de tiempo, modo y lugar que fueran especificadas en la imputación formulada por el Ministerio Público Fiscal”, argumentó el Tribunal, por lo cual “el hecho probado resulta típico en los términos del homicidio calificado por ser de una persona con quien ha mantenido relación de pareja”.

Sin alevosía y sin abuso de arma

En cuanto a la calificante de alevosía planteada por los querellantes, el Tribunal le dio la razón a los defensores al decir que “las concretas circunstancias de modo contenidas en la imputación dirigida a la acusada, no permiten dicha adecuación típica, so pena de afectar el principio de correlación o congruencia y con ello el derecho de defensa de la encausada”.

Por otra parte tampoco se tuvo en cuenta el agravante del uso de arma porque en el caso no se verifica que la violencia o intimidación emergente del uso de un arma de fuego importen una adición al homicidio agravado. Esta cuestión ha generado profundos debates por la interpretación. El abuso de armas es tenido en cuenta cuando la pistola –además de disparar – es utilizada para algo más, como ser un amedrentamiento previo para llegar al objetivo. Un ejemplo claro de ello es cuando una persona amenaza a otra con un arma y lo traslada hasta otro lugar a punta de pistola y lo asesina.

El revés para la defensa

Una de las grandes esperanzas con las que contaban los abogados defensores para evitar la prisión perpetua eran las circunstancias extraordinarias de atenuación. Creían que la supuesta violencia de género iba a ser probada y que se iba a atenuar la pena, pero el Tribunal descartó la aplicación al caso porque “se trata de circunstancias que superan las dificultades de la vida cotidiana de toda relación de parentesco, que permiten vislumbrar una grave perturbación en el agente provocada por elementos externos que condicionan de tal forma su conducta, que lo llevan a atentar contra la vida de la persona con la cual se vincula”.

Tampoco se logró acreditar que la acusada haya sido víctima de violencia de género y el Tribunal entendió que el accionar de Nahir Mariana Galarza responde al delito de Homicidio Calificado por ser de una persona con quien ha mantenido relación de pareja, “no hallando eximente alguna a su conducta”.

Por último, a los fines de la individualización de la sanción penal a imponer, se prevé una pena “única e indivisible de prisión perpetua, circunstancia que en modo alguno exime a este Tribunal de su obligación republicana de fundar las penas, debiendo determinar si la sanción penal prevista resulta adecuada a la culpabilidad, y en el caso, a la luz de las precisas circunstancias fácticas verificadas, no se advierte elemento alguno que permita inferir que la pena contenida no guarde proporcionalidad con el grado de culpabilidad revelado en el grave suceso que tuvo a la imputada como responsable”.

¿Cuánto tiempo pasará en prisión?

Con respecto al monto de la pena, es decir la cantidad de años exactamente que Nahir Galarza pasará en prisión, la ley no es clara al respecto porque en Entre Ríos – si bien fue declarada constitucional la prisión perpetua – no se ha fijado el criterio por ser muy nueva la norma.

Desde la reforma que se realizó en la Ley de Ejecución de Pena tras lo sucedido en el caso de Micaela García, los condenados por homicidio calificado no tienen posibilidad de salir hasta seis meses antes del agotamiento de la condena. Pero existe la posibilidad que tras un tiempo largo de transcurrida la condena y con informes favorables, el Superior Tribunal puede fijar el monto de la pena.

Antiguamente se fijaba en 25 años y luego se amplió a 35, pero el Estatuto de Roma al cual está adherido el Estado dice que un condenado no puede exceder los 30 años de cárcel. Por lo tanto, cuando un condenado a la pena máxima quiere obtener los primeros beneficios de libertad, se solicita que empiece a hacerlo una vez que se haya fijado el monto de la pena y que ha cumplido un largo tiempo en prisión.

Es decir, actualmente es incierto determinar fehacientemente cuánto será el tiempo que deberá pasar Nahir Galarza tras las rejas. Sólo es real que en principio estará encerrada más de 25 años.

¿Qué le espera a Nahir Galarza?

La condenada no acudió a la cita judicial y esperó la noticia del fallo alojada en la Comisaría de Minoridad y Violencia Familiar, donde está detenida desde el 2 de enero. En ese mismo lugar pasará varios meses más a pesar de haber recibido una sentencia condenatoria.

El abogado defensor, Horacio Dargainz, adelantó que a pesar de lo que expliquen los argumentos que se conocerán el próximo 24 de julio, se recurrirá el fallo a la revisión de la Cámara de Casación. Esto demandará varios meses más o incluso un año, y hasta tanto no exista una confirmación o una revisión el fallo no estará firme.

Mientras todo esto ocurre, mientras la causa sigue los normales pasos judiciales, Nahir Galarza aguardará en la comisaría. Luego, tras la firmeza, deberá ser trasladada al pabellón de mujeres en la Colonia Penal El Potrero, ubicada en el kilómetro 128 de la Ruta Nacional 136.

Entre la lista de grandes asesinos

Nahir Galarza se convirtió en la mujer más joven en la Argentina en recibir la prisión perpetua y esto se convirtió en un dato histórico. Pasó a formar parte de la triste y célebre lista de los criminales más conocidos de la historia de nuestro país, en donde figuran personas como el Petiso Orejudo, el primer asesino serial que se conoció en la historia argentina y tenía tan solo 15 años cuando fue detenido.

Hubo otros que también se convirtieron en íconos policiales, como “Juniors” el adolescente que consumó la masacre escolar en Carmen de Patagones, que con apenas 15 años mató a tres compañeros de clase e hirió a otros cinco.

Otro caso emblemático es el de Carlos Eduardo Robledo Puch, quien fue detenido a los 20 años y lo condenaron en 1972 a prisión perpetua “por tiempo indeterminado” y la Justicia nunca le concedió la libertad, y hoy, con 66 años todavía continúa preso.

Robledo Puch pasó prácticamente su vida en prisión. Lleva 46 años en la cárcel por cometer 11 homicidios, una violación, dos raptos y al menos 17 robos. Entre las personas que mató están dos de sus cómplices con los que cometía los delitos.

“Recién ahora va a empezar mi duelo”

Silvia Mantegazza escuchó la resolución del Tribunal tomada fuertemente de la mano de su hija Carla y cuando ambas escucharon la palabra “prisión perpetua” sus ojos se llenaron de lágrimas y el apretón fue más fuerte de lo habitual. Habían tenido justicia.

Si bien siempre creyeron en que el crimen de Fernando Pastorizzo no iba a quedar impune, necesitaban escuchar ellas mismas que la responsable del homicidio iba a pasar más de 25 años encerrada.

“Recién ahora va a empezar mi duelo”, declaró la mamá de Fernando en la única vez que enfrentó las cámaras y respecto a Nahir Galarza solo dijo: “Ella sola se encargó de arruinarse la vida”. Carla Pastorizzo se mostró más entera al momento de dar declaraciones porque “sabía que esto iba a pasar, eran evidencias muy claras y del otro lado no tenían nada porque basaron su defensa en mentiras y en cosas que nunca pudieron probar”.

“Sabemos que a la cárcel va a llegar tarde o temprano”, dijo la joven de 24 años, y agregó: “a mi hermano no me lo devuelve nadie pero estamos tranquilos que su asesina va a estar presa”. “Ahora empieza el duelo de la familia porque hasta ahora lo que nos movilizó fue buscar justicia por mi hermano”, indicó la única hermana mujer que tenía la víctima. “Me gustaría que Nahir reflexione acerca de lo que hizo”, apuntó por último a sabiendas que no cree que la condenada esté arrepentida (Carlos Riera- El Día).

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