Los aspirantes de los sorteos del IAPV deben tener actualizados sus datos al 2022

El Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, informa que los postulantes para participar de los sorteos públicos de las viviendas que se construyen en la provincia, deberán tener actualizados sus datos al año 2022 en el Registro Único y Permanente de Demanda Habitacional. Lo pueden realizar ingresando en: https://www.iapv.gob.ar/sistemas/inscripciones/seccion/ingresar

Las unidades habitacionales, se asignan mediante la modalidad de sorteo previa difusión masiva. Además, se destina el 10% de las viviendas a familias con algún integrante con discapacidad o trasplante, según lo establecen las Leyes Nacionales Nº 22.431 y N°26.928.

Padrón

En instancia previa se expondrán tres días antes de manera online, los padrones provisorios de postulantes que estén en condiciones de participar del sorteo, como también el padrón de excluidos para consulta, reclamo o denuncia, a fin de ser perfeccionado con la participación ciudadana.

Grupo familiar

Los destinatarios, serán grupos familiares constituidos de al menos dos integrantes, con ingresos formales. La edad de las personas que actúen en carácter de solicitantes titulares, deberá ser mayor a 18 años, estar correctamente inscriptos en el Registro Único de Demanda del Organismo y haber actualizado la información durante el año 2022, para intervenir en los sorteos.

Plazos y documentación

Se deberá contar con recibos de sueldo o comprobante de inscripción y pagos en el Monotributo AFIP, con una antigüedad mínima de seis meses. Tratándose de recibos de sueldos del ámbito privado, una antigüedad mínima de seis meses. En el caso de recibos de sueldos de ámbito estatal, se exigirá una antigüedad mínima de un año.

Cuotas

El monto de la cuota mensual incluye gastos administrativos, seguro de vida, y gastos que correspondan conforme a la reglamentación vigente. En los casos en que el/la titular o las/los titulares sean mayores de 60 años, no abonarán el Seguro de vida, razón por la cual, en caso de fallecimiento de algún titular del beneficio, esté no se cancelará, trasladándose la responsabilidad del cumplimento del pago ante IAPV del crédito, a sus herederas/os.

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