Juicio por Jurados: Anularon sentencia contra Carlos Iván Caminos

Los vocales de la Cámara de Casación Penal Marcela Badano, Marcela Davite y Gustavo Pimentel, resolvieron anular la sentencia dictada el 25 de noviembre de 2020 en la causa “Caminos Carlos Iván S/Homicidio agravado por el uso de arma de fuego S/ Recurso de Casación”, emanada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná.

Además, se ordenó reenviar la causa a origen, a los fines de que un Tribunal debidamente integrado, reedite los actos pertinentes y se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a Derecho.

Cabe mencionar que el 13 de noviembre de 2020, un jurado popular encontró culpable a Carlos Iván Caminos del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en el homicidio de Milton Luna, el 25 de abril de 2020.

El 25 de noviembre de 2020, el juez técnico, Pablo Vírgala, resolvió imponerle la pena de 22 años y 6 meses de prisión efectiva.

Se le había imputado al encartado el siguiente hecho: “El día 25 de abril

de 2020, a las 16 horas aproximadamente, en calle M iguel David, entre sus similares Gdor. Parera y Gdor. Mihura, de la ciudad de Paraná, Carlos Iván

CAMINOS, le provocó la muerte a Milton Gaston LUNA. Para tal fin, le efectuó dos disparos con un arma de fuego calibre .44, impactándole ambos en su humanidad, uno que le ingresó por la espalda, atravesándole la

columna y quedando alojado en el pulmón derecho y el restante le ingresó por la parte superior de la cabeza, quedando alojado en la base del cráneo, produciéndole la muerte instantes después, por traumatismo raquimedular severo, hemorragia interna masiva por hemotórax y traumatismo cráneo

encefálico grave por legión contuso penetrante en tórax y cráneo por arma de fuego de proyectil de carga única”.

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