Ingresó en Diputados un proyecto que establece la prohibición de la apertura de comercios los domingos

domingos-cerradoEn la última sesión de la Cámara de Diputados, ingresó un proyecto que establece la prohibición de la apertura de establecimientos comerciales de venta de bienes y/o de prestación de servicios todos los días domingo en todo el territorio de Entre Ríos.

La iniciativa es impulsada por el diputado socialista Lisandro Viale y enumera una serie de establecimientos o actividades que “quedan excluidos de la prohibición” y dispone sanciones para aquellos que incumplan.

Según consignó APF, en el artículo 2º se refiere a los establecimientos o actividades que “quedan excluidos de la prohibición” y menciona a las estaciones terminales de cualquier medio de transporte; la recepción, distribución y venta de diarios, periódicos y revistas; servicios fúnebres y de sepelios; servicios esenciales tales como salud, transporte, hotelería, farmacias, telecomunicaciones y venta de combustibles; venta de pan, pastelería y repostería, comidas preparadas, restaurantes, bares, florerías; esparcimiento tales como teatros, cines, juegos infantiles, etc. y establecimientos comerciales que no superen los 70 metros cuadrados”.

También se aclara que tal enumeración “es enunciativa”, ya que “la autoridad de aplicación podrá establecer un nomenclador de las actividades excluidas, siempre que no contradigan lo estipulado” en el proyecto.

El artículo 3º dispone que la autoridad de aplicación “será la Secretaría de Industria, Comercio y Planificación del Desarrollo, dependiente del Ministerio de la Producción, o en su caso la autoridad provincial u organismo al que en el futuro se le asignen sus competencias o funciones”.

El proyecto también hace mención a las sanciones que se aplicarán en el caso de incumplimientos: “Se aplicará una sanción que será equivalente a una multa mínima de 20 veces el salario mínimo vital y móvil, cuyo valor será estipulado por el órgano de aplicación, atendiendo a la capacidad económico-financiera del establecimiento infractor y/o a su condición de reincidente. En caso de reincidencia, a partir de la tercera infracción, se impondrá la clausura de oficio del establecimiento por parte del inspector actuante por el término de hasta 10 días corridos”.

A través de otro de los artículos se deroga el inciso c) del artículo 16 de la Ley provincial Nº 9.393, que regula a las grandes superficies comerciales, “en los aspectos en que contradice a las disposiciones establecidas, así como cualquier otra norma que se oponga a la presente”.

El artículo 16 de la denominada Ley de Hipermercados es el que dispone “la autorización para funcionar hasta un máximo de un día feriado, nacional o provincial, o un domingo cada dos meses”, a excepción de las localidades turísticas para las que rige otro reglamento.

Fundamentos: Este proyecto se suma a otras iniciativas similares y a reclamos sectoriales que desde hace años retoman la necesidad de recuperar el descanso dominical en tanto derecho adquirido.

“En los años en que el discurso del neoliberalismo rigió la vida de la Argentina, al ritmo del avance de aquellos parámetros fijados por el Consenso de Washington, durante la década del 90, se logró, mediante el Decreto de Desregulación Económica N° 2284/91, suprimir mediante su artículo 18 ‘toda restricción de horarios y días de trabajo en la prestación de servicios de venta, empaque, expedición, administración y otras actividades comerciales afines, sin perjuicio de los derechos individuales del trabajador’. Así, en Entre Ríos, mediante el decreto 2729 de 1995, se suprimió ‘toda restricción de horarios y días de trabajo del comercio’”, describió Viale.

“Por ello es que a casi 100 años de la consagración de aquel derecho, es que debemos insistir en recuperarlo”, sostuvo, al tiempo que destacó que en la actualidad “son numerosos los reclamos gremiales -en particular de las organizaciones que nuclean a trabajadores del rubro comercio- y los proyectos legislativos nacionales y de otras provincias que van en este sentido.

“Nuestra propuesta se propone reinstaurar el descanso dominical y creemos necesario volver a priorizar los derechos a los trabajadores, concibiendo al trabajo no como una mercancía”, aseveró el diputado en el proyecto.

En otro párrafo destaca que “la medida no sólo beneficiará a los empleados y trabajadores, que son los principales destinatarios, también a empresarios y comerciantes, que se asegurarán que no tendrán competencia desleal de sus pares”.

Y luego resalta que “los establecimientos de hasta 70 metros cuadrados, en general de conformación familiar, también se verán beneficiados, ya que el proyecto los exceptúa para permitir que puedan atender sin competir con comercios medianos y grandes establecimientos, por lo cual podría esperarse como consecuencia, una transferencia de beneficios a favor de aquellos”.