HCD: Proyectan regular la instalación de carribares en Crespo

En la última sesión del Concejo Deliberante local, tomó estado legislativo, un proyecto de ordenanza presentado por el Bloque de Concejales del Frente Crespo Nos Une, a través del cual se propone regular el funcionamiento de los carribares dentro de la ciudad.

En la iniciativa se expresa que “resulta necesario contar con un instrumento legal formal que prevea la instalación, el expendio de alimentos preparados, el régimen de penalidades y el tratamiento impositivos de estas actividades”. Y que para ello, “deben fijarse espacios de uso público, siempre que no entorpezcan el normal desarrollo de la comunidad aledaña, ni afecte a propietarios de comercios lindantes que incursionen en un rubro similar”.

Se expresa en el proyecto que “se ha tomado como modelo para esta nueva actividad en el ámbito municipal, la ordenanza que regula la misma en el ámbito de Santa Fe” y se expresa “que es imprescindible establecer mecanismos claros y transparentes para otorgar los permisos, que eviten la discrecionalidad y garanticen que se aplique el principio de equidad y de justicia retributiva”.

De aprobarse esta ordenanza, que actualmente está en estudio en las reuniones de comisión, no se permitirá la instalación de carribares fijos o móviles, en lugares donde signifique obstáculos o impedimentos al tránsito o sus visuales, a la circulación de peatones o personas con discapacidad. Tampoco se podrán ubicar en una distancia menor a 100 metros del lugar donde estén emplazados negocios preexistentes que comercialicen artículos análogos, exceptos los regulados por esta ordenanza.

Además, se prohibirá la instalación de carribares frente a los accesos de las reparticiones públicas, entidades bancarias, educativas, salas de espectáculos públicos, hospitales, sanatorios, templos de cualquier culto reconocido o donde estén emplazados monumentos históricos, museos, centros culturales y biblioteca.

En el proyecto se señala que “se autoriza en los carribares la elaboración y/o comercialización de emparedados que contengan rellenos procesados a base cárnica; papas fritas; productos alimenticios envasados en origen y provenientes de fábricas debidamente registradas y habilitadas y otros productos y/o bebidas que el Departamento Ejecutivo municipal determine. La bebida a expender en el carribar, “deberá ser en su envase original y quedará prohibido su fraccionamiento”.

A fin de acreditar la procedencia de los alimentos, “el permisionario deberá presentar a requerimiento de la autoridad de aplicación los remitos y/o facturas de compra y en el caso particular de los chacinados, deberán cumplir los requisitos de rotulo vigentes”.

Dada la ubicación en la vía pública, “está prohibido difundir música con parlantes amplificadores de sonido por encima de 30 decibeles y/o producir alteraciones en el entorno con el aditamento de iluminación auxiliar que pueda afectar a los vecinos” y cuando “se desarrollen actividades de cualquier tipo, organizadas por el municipio y/o instituciones locales y los espacios adjudicados se encuentren a menos de 100 metros del lugar, el DEM estará facultado a la prohibición temporaria de la ubicación y el desarrollo de la actividad mientras duren dichas actividades sin derecho a indemnización de ningún tipo”.

También en el proyecto se señala que queda prohibida la instalación de mesas y sillas en el exterior del mismo y el delivery (reparto domiciliario) de los productos que comercialice el emprendimiento.

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