HCD de Crespo aprobó decomiso de caños de escapes antirreglamentarios de motos y autos

Este miércoles por la tarde, se concretó una nueva sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Crespo, en la que entre otras iniciativas, se aprobó el Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se dispone el decomiso de caños de escapes antirreglamentarios colocados tanto en motovehículos como en automóviles, propuesta que tiene como finalidad, “desalentar la colocación de estos elementos ruidosos y neutralizar el uso de los mismos o su eventual reutilización”.

Con la nueva normativa se busca proporcionar todas las herramientas legales que faciliten el cumplimiento de las legislaciones vigentes, “priorizando la vida y la seguridad de todos los ciudadanos”. La decisión también obedece a que se ha constatado en reiteradas oportunidades, la reinstalación de los escapes, cuando, una vez retenida la unidad, ordenada y cumplida la colocación de escape reglamentario y abonadas las multas de rigor, era devuelto a su propietario, quien también se llevaba consigo el escape retirado o cambiado. De ahora en más, los vehículos retenidos de los que surja o se presuma que han sido modificados con el objetivo de producir mayor ruido o mayores emanaciones de gases de los permitidos, ya sea por escapes originales y/o modificación de los sistemas de escape y/o cualquier otro accesorio que los origine, serán sometidos a prueba y se realizará un informe de la Dirección de Prevención y Seguridad Urbana. El mismo será remitido al Juez de Faltas, el que podrá disponer su decomiso y posterior destrucción.

En tanto, la compactación y/o destrucción de los elementos antirreglamentarios secuestrados deberá ser difundida oportunamente por los medios de prensa y comunicación, para así lograr una mayor transparencia y conocimiento general de dicho procedimiento.

El titular del vehículo retenido deberá proveer las piezas homologadas para reparar el sistema de escape de la unidad, a su exclusivo cargo, las que deberán ser instaladas en el taller municipal o en el que el gobierno local determine, como requisito previo para su restitución. Todo ello, sin perjuicio del pago previo de las multas, acarreo, guarda y demás conceptos que correspondan, pudiendo el Juez de Faltas adicionar una suma equivalente de entre 5 y 30 litros de nafta, por mano de obra, previo informe y estimación de costo que realice el responsable de tales tareas.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y los términos de servicio de Google.