Galarza: Aprobaron la contribución de mejoras por las 17 cuadras que se ejecutaron

El pasado jueves 22 de junio los ediles de Galarza, fueron parte de una nueva sesión del Concejo Deliberante y en esta oportunidad trataron y aprobaron por unanimidad el proyecto de ordenanza para el recupero de la obra de pavimento asfáltico, el que recientemente fue construido en 17 cuadras de la localidad.

Al respecto, la secretaria del Órgano Deliberativo, Rosana Cuevas, indicó a El Observador que dicha propuesta fue la única abordada en la reunión, la que prevé en esta oportunidad “la obligación de pago de cualquier contribución por mejoras por parte de los frentistas beneficiados; todo ello con el objeto de recuperar la inversión realizada para de esta manera dar continuidad a la concreción de obras públicas de distinta naturaleza”.

Por este motivo, el artículo 1º de la norma citada expresa: “Dispónese el recupero de la obra de pavimento asfáltico que ha sido construido en las siguientes calles de General Galarza, a saber: Calle 9 de Julio, entre Batalla de Caseros y Sarmiento, 5 cuadras de pavimento; calle San Martín, entre Batalla de Caseros y San Lorenzo, 3 cuadras, dos de pavimento y una de pavimento y cordón cuneta; calle Adolfo Ritou, entre Batalla de Caseros y San Lorenzo, 3 cuadras, dos de pavimento y una de pavimento y cordón cuneta; calle 25 de Mayo, entre Batalla de Caseros y Virreinato del Río de la Plata, una cuadra de pavimento y cordón cuneta; calle Tratado del Pilar, entre Batalla de Caseros y Virreinato del Río de la Plata, una cuadra de pavimento y cordón cuneta; calle Belgrano, entre Gualeguay y Colón, una cuadra de pavimento; calle San Lorenzo, entre Adolfo Ritou y 25 de Mayo, 2 cuadras de pavimento; calle Urquiza, entre Adolfo Ritou y San Martín, una cuadra de pavimento y cordón cuneta”.

Asimismo, la secretaria del HCD manifestó que en el segundo artículo se especificó la obligatoriedad para el pago de las mejoras, fijándose el valor del metro lineal, en el caso del pavimento asfáltico solamente, en la suma de $ 2.200 y de $ 2.600 de pavimento asfáltico y cordón cuneta. En tanto, en el siguiente punto se fijaron las modalidades de pago que prevé: “1º) Pago Contado: Se considerará tal a las liquidaciones que sean canceladas totalmente dentro de los siguientes plazos contados a partir de la recepción de la liquidación, a saber: a) Hasta sesenta (60) días, con el veinte por ciento (20%) de descuento; b) Hasta noventa (90) días, con el quince por ciento (15%) de descuento; c) Hasta ciento veinte (120) días, con el diez por ciento (10%) de descuento; d) Hasta ciento cincuenta (150) días, con el cinco por ciento (5%) de descuento. 2º) Pago Financiado: Se considerará tal a las liquidaciones que se comiencen a regularizar mediante un plan de pago en cuotas, las que serán sesenta (60) como máximo, con un interés mensual directo del uno por ciento (1%) sobre el capital; todo ello a abonarse por períodos vencidos hasta el día 15 del mes siguiente o el primer día hábil posterior. Para ingresar a esta modalidad, cada interesado deberá ejercer dicha opción dentro del término de ciento cincuenta (150) días contados desde la recepción de la respectiva liquidación, sin excepción de ninguna naturaleza. Sin perjuicio de ello y luego de producido tal vencimiento, cada interesado podrá acceder igualmente al plan descripto, pero abonando además los intereses y/o multas que se encuentren contemplados en la normativa municipal vigente para este tipo de situaciones”.

La ordenanza también plantea que de presentarse alguna situación no prevista en la norma legal, la misma podrá ser resuelta por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), mediante su pertinente reglamentación.

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