Fumigaciones en alrededores de escuelas rurales: El STJ resolvió sobre el amparo ambiental

Por unanimidad, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ratificó este lunes el decreto provincial que regula las fumigaciones en alrededores de escuelas rurales y rechazó la acción de amparo que presentaron organizaciones ambientalistas.

En el marco de la causa “Foro Ecologista de Paraná y otro C/Superior Gobierno de Entre Ríos S/Acción de Amparo” los integrantes del STJ, Susana Medina, Germán Carlomagno, Bernardo Salduna, Martín Carbonell y Juan Smaldone, hicieron lugar a la apelación interpuesta por el Estado Provincial, sí se exigió al mismo a que en el plazo de 20 días hábiles subsane el art. 2 del Decreto Nº 2239/19, para que las mediciones de aplicación de productos sean “a partir de la barrera vegetal”.

 

Asimismo establecieron exhortar al Poder Legislativo de Entre Ríos a que, en un plazo razonable, dicte una ley que regule la temática, con la participación de los sectores involucrados y especialistas en la materia.

 

Los integrantes del STJ expresan que el Decreto Nº 2239/19 “instrumenta un sistema general y global que tiene por objeto regular la aplicación de plaguicidas y agroquímicos en las proximidades a establecimientos educativos rurales. También, aumenta las obligaciones en materia de control sobre el régimen de aplicaciones, en miras de alcanzar un mayor nivel de protección de alumnos y personal de las escuelas; ello, respecto del existente hasta el momento de su dictado”.

 

En otro punto de la resolución, se confirmó la sentencia de grado en relación al inicio de la distancia de la “zona de exclusión”, la que, en consecuencia, deberá medirse a partir de la barrera vegetal y no desde el centro del casco de las escuelas rurales, como preveía el decreto antes mencionado.

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