¿Cómo es el “Juicio por Jurado” y en qué casos se aplicaría de aprobarse en E. Ríos?

Los medios periodísticos de la provincia fueron convocados a una reunión que se concretó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos, en la que se brindaron detalles referidos al proyecto de “Juicio por Jurado” que se pretende implementar en la provincia. La diferencia con el sistema tradicional que hoy se utiliza, radica en que la persona es juzgada por pares en vez de magistrados profesionales, pero solamente sería para delitos graves. 

El Dr. Julio Federik, principal impulsor en Entre Ríos de este sistema, explicó en el encuentro con los periodistas, que “hace tiempo venimos insistiendo con este proyecto. Dentro del mismo Colegio tenemos voces que están a favor y otras en contra de esta iniciativa. Nosotros entendemos y creemos que es una herramienta que va a traer sin dudas más justicia. La propuesta es que sea solamente en algunos casos, donde es significativa la pena que le pueden imponer (al acusado) y que sea opcional para la persona que va a juicio. Días pasados me preguntaron y… ¿si son varios imputados y uno de ellos no quiere? La respuesta es que tienen que estar todos de acuerdo. Esto tiene varias razones, la principal es que no le podemos imponer a los demás”.  

En cuanto a las personas que integrarán el Jurado, explicó que “no es necesario que sepan de derecho, sí, no van a poder ser jurados los abogados, los policías, los escribanos, los procuradores, personal del servicio penitenciario, los funcionarios públicos y legisladores. Como requisitos, ser argentinos, saber leer y escribir en idioma nacional, que tengan domicilio dentro de la jurisdicción, tener entre 21 y 75 años, encontrarse en pleno ejercicio de su derecho y no estar impedido. Una persona con primario, pero sin secundario, puede ser. Por supuesto quedan afuera los condenados, los procesados, los suspendidos en empleos o cargos por algún delito. Durante el mes de octubre de cada año, el Tribunal Electoral remitirá a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia una lista de miembros de jurado para cada una de las jurisdicciones de la provincia, que no podrá tener menos de 300 personas, 50% varones y 50% mujeres. Quienes estén en las mismas, serán notificados en los primeros 15 de días de noviembre. Las que no puedan por algún motivo, lo van a plantear, pero es una carga pública, así como si fuera un presidente de mesa en una elección”.

Sobre los casos en los que se aplicaría, Federik expresó que “supongamos que tenemos un imputado por homicidio y pide juicio por jurado. La Cámara de Garantías, con ese listado de 300 nombres, determinará 36 y se lo enviará al presidente del Tribunal que va a ser el presidente del Juicio por jurado. Los llama a cada uno y se hace la primera audiencia. De esos 36, se sortea y 12 quedan afuera. Nos quedamos con 24, de los cuales 12 van a ser titulares y los demás suplentes y subrogantes, por las dudas. Se llama al Jurado, a los acusadores, a los abogados defensores y se establece día y hora. Ahí se discuten las pruebas que las partes van a usar en el juicio, si hay que separar este juicio de otro o si el imputado tiene otra causa. El paso posterior es el juramento a los que van a ser jurados titulares y suplentes. Ahí vienen las primeras instrucciones. Por ejemplo, en la audiencia van a tener que permanecer callados y sin hacer gestos de aprobación ni de descontentos, no van a poder preguntar, porque puede ser que los recusen. Tendrán la tarea de discernir si el hecho que dice la Fiscalía, ocurrió realmente. Además si la persona es culpable o inocente. Para esto no importa lo que leyeron antes, no importa la opinión de su señora que escuchó en la peluquería, acá lo único que importa es lo que va a pasar frente a sus sentidos. Se darán a conocer las pruebas y va a ser mostrada delante del Jurado”.

Cumplimentados los pasos siguientes, los jurados “van a deliberar y votarán (de manera secreta). Para ser culpable, de los 12 se necesitan 10 votos, si se trata de un delito con pena de prisión y por cadena perpetua, es necesaria la unanimidad. Si no es así, no hay condena. Una vez que esté el veredicto, termina la función del Jurado. Los integrantes se van a su casa y el juez va a llamar para discutir la pena a aplicar en una audiencia posterior”.

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