El Gobierno bajó la edad mínima para poder ser legítimo usuario de armas de 21 a 18 años

En la nueva normativa se establecieron además una serie de requisitos a cumplir para la portación de armas, como el no tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, la acreditación de datos personales bajo dependencia policial, y “la no existencia de antecedentes policiales o penales”.

Tal como se comunicó en el Boletín Oficial, el Gobierno habilitó el uso legal de armas a los ciudadanos a partir de los 18 años.

Lo hizo al modificr el artículo 55 de la ley 20.429 – Ley Nacional de Armas y Explosivos, dejando atrás los 21 años de edad mínima para la “adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil”.

“A efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los DIECIOCHO (18) años”, fijó ahora el Poder Ejecutivo en el texto que lleva las firmas del presidente de la Nación, Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

En la nueva normativa se establecieron además una serie de requisitos a cumplir para la portación de armas, como el no tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, la acreditación de datos personales bajo dependencia policial, y “la no existencia de antecedentes policiales o penales”.

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