El Gobierno amplía el distanciamiento social hasta el 28 de febrero. Priorizarán el retorno de las clases presenciales

El Gobierno Nacional confirmó la extensión en todo el país del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) por la pandemia del coronavirus desde el 1º de febrero y hasta el 28 del mismo mes. Por otra parte se adelantó que se priorizará el retorno de las clases presenciales en todas las provincias, medida que se instrumentará de acuerdo a los parámetros del Consejo Federal de Educación.

Según se anticipó, docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes quedarán exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros y deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.

ACTIVIDAD ECONÓMICAS

En cuanto a las actividades esenciales, se mantendrán tal como estaban siendo realizadas hasta ahora, y se podrán desarrollar de acuerdo a los protocolos aprobados. Así, podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria de cada una de las jurisdicciones (según las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional).

El máximo de uso de los espacios cerrados será al 50 por ciento de su capacidad, mientras que para los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) será del 30%.

El DNU autoriza las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre pero con la condición de mantenerse a una distancia mínima de 2 metros con utilización de tapabocas y cumplimiento de los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias, tanto locales como nacionales.

Sobre las personas en situación de riesgo, se mantendrá la suspensión del deber de asistencia a sus trabajos, conforme lo dispuesto en la reglamentación vigente.

En cuanto a las actividades deportivas y artísticas, sólo podrán realizarse con cumplimiento de las pautas de higiene y cuidado, con respeto de los protocolos de cada una de ellas, mientras que en lugares cerrados la concurrencia no podrá ser superior a 10 personas.

Seguirán prohibidos los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre.

Tampoco se permitirán eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas; ni la práctica de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros.

La actividad de cines, teatros, clubes y centros culturales seguirá prohibida.

Por su parte, el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, podrá disponer excepciones a las prohibiciones, según la situación epidemiológica y sanitaria del lugar, debiendo para ello darse cumplimiento a las recomendaciones del Ministerio de Salud.

Además, las provincias deberán seguir observando los dos parámetros de riesgo sanitario -razón e incidencia- que están vigentes y que se utilizan para definir si se restringe o se flexibiliza la circulación nocturna.

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