E. Ríos realizó aportes al proyecto de ley nacional de Humedales

medio-ambiente-humedalesEntre Ríos participó de la reunión del Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) Nea Litoral que se realizó en Goya, provincia de Corrientes. En la oportunidad, las provincias integrantes realizaron aportes al proyecto de ley nacional de Humedales vinculados a definición, categorización, recursos y sanciones.

En la reunión las provincias propusieron, entre otras cuestiones, que sean las autoridades provinciales las que definan y categoricen los humedales, conforme al artículo 124 de la Constitución Nacional, en consonancia con el artículo 13 del proyecto de ley.

Para Entre Ríos la protección de los humedales y las áreas protegidas son una política de Estado de este gobierno.

Desde 2011 Entre Ríos cuenta con el primer sitio reconocido por la Convención Ramsar, el humedal Palmar Yatay de 21.450 hectáreas que se ubica en los departamentos Colón y San Salvador y que incluye al Parque Nacional El Palmar.

A principios de 2016 las 240.000 hectáreas de humedales del Delta del Paraná también fueron declaradas de protección internacional por la Convención de Ramsar. Es el segundo sitio de la provincia y el primero interjurisdiccional, que será administrado por las provincias de Entre Ríos y Santa Fe y la Administración de Parques Nacionales. El gobierno entrerriano, a través de la Secretaría de Ambiente, participó de las gestiones para conseguir ambas designaciones que implican proteger un corredor biogeográfico en el que conviven especies de regiones tropicales, subtropicales y templadas que generan una gran diversidad de ambientes, flora y fauna.

 

Propuesta de Cofema Nea Litoral

Respecto a los recursos propusieron que el Fondo Nacional de Humedales debe integrarse por las partidas presupuestarias que le sean asignadas anualmente y que no podrá ser inferior al 0,3 por ciento del presupuesto nacional, y el 2 por ciento del total de la retención a las exportaciones de productos primarios y secundarios. La autoridad de este fondo es el gobierno nacional y las autoridades de aplicación cada una de las jurisdicciones. En la discusión se analizó el rol de gobierno nacional en lo que respecta a presupuesto mínimo y se expresa que el mismo alcanza al establecer la ley en la definición de humedal y en la ejecución del inventario como Autoridad Nacional de Aplicación, en forma coordinada con las autoridades competentes de las provincias.

En cuanto a recursos financieros se decidió insistir con las cláusulas concretas de asignación de fondos del presupuesto nacional y de las retenciones agropecuarias.

Además, adelantaron que en la próxima asamblea de la entidad harán un reclamo para la asignación de una mayor partida de fondos para la implementación de la Ley de Bosques.

La Ley 26.331, reglamentada en 2009, estableció la creación del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos, que compensa a las provincias para proteger a los bosques. Sus principales fuentes de financiamiento son las partidas presupuestarias que el Poder Ejecutivo Nacional asigna anualmente, las que no podrán ser inferiores al 0,3% del presupuesto nacional”, y el 2% de las retenciones a las exportaciones agroganaderas y del sector forestal.

En representación de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos estuvieron presentes la coordinadora de Control y Fiscalización, Valeria González Wétzel, y Daniel Tomasini.

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