Diputados aprobó el proyecto que busca prohibir “canilla libre” en boliches

camara-de-diputados-de-entre-riosEn la Cámara de Diputados se dio media sanción a un proyecto de ley que busca aunar criterios sobre la venta de bebidas alcohólicas en los boliches.

Se trata de una iniciativa del diputado del FR, Alejandro Bahler y que contó con el apoyo de todas las fuerzas parlamentarias, la que se conoce como “Ley Seca”.

El texto crea un Registro Público de Comercialización de Bebidas Alcohólicas de la Provincia, en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, donde deberán inscribirse “toda persona física o jurídica que efectúe la distribución, suministro, venta, expendio a cualquier título, depósito y/o exhibición, en cualquier hora del día, de bebidas alcohólicas”. Es requisito para la inscripción que el local o establecimiento cuente con la habilitación comercial o trámite de habilitación iniciado, que le permita la comercialización de bebidas alcohólicas, aclara el texto.

El legislador apuntó que “todas las estadísticas muestran una creciente escalada del consumo desenfrenado, con terribles consecuencias, de alcohol, la peor droga legal, que abre la puerta a otras adicciones. Lo que se busca es unificar criterios en toda la provincia, porque sucede que cada municipio tiene su propia reglamentación. Lo que queremos es que una ley provincial obligue a los municipios a fijar las pautas de esa comercialización”, explicó.

La iniciativa también buscará “desalentar que los jóvenes se trasladen en ruta de una ciudad a otra poniendo en peligro sus propias vidas y la de terceros por el solo hecho de bailar y beber 1 o 2 de la mañana. No puede ser que en Paraná te vendan hasta las 12 de la noche, pero la gente se vaya a Cerrito y tenga permitido hasta no se sabe qué hora. ¿Qué sucede? Los accidentes en las rutas”, se preguntó y respondió Bahler.

 

Canilla libre. Bahler señaló que “en caso de ser aprobada, la norma viene a ordenar y concientizar tanto a la juventud como a la sociedad en su conjunto sobre los peligros del consumo ilimitado de alcohol, desalentando prácticas nocivas y poniendo límites en los horarios de ingreso y egreso como así también vigilando el correcto cumplimiento de las obligaciones por parte de los comerciantes”.

El proyecto tiene como principales objetivos: regular un horario tope de ingreso y cierre de los locales comprendidos, el horario de venta y consumo de alcohol en las actividades nocturnas. Ya obtuvo media sanción prohíbe una forma de comercialización que se había popularizado en los últimos años: lo que se conoce como canilla libre. Esto es pagar una especie de bono y consumir libremente. “Prohíbase el expendio o promoción de bebidas alcohólicas cualquiera sea su graduación, en la modalidad conocida como canilla libre en locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de baile, clubes, pubs y bares, no resultando esta enumeración taxativa”, dice el texto y entiende por canilla libre “a la entrega ilimitada ya sea en forma gratuita o mediante el pago de un precio fijo previamente concertado”.

 

Horarios y matiné

El artículo 9 de la ley refiere a horario de expendio y consumo. Queda prohibida la venta en los siguientes horarios: en la categoría 1° (locales bailables, discotecas, salas y clubes) entre las 5.00 y las 10.00. En la categoría 2° (establecimientos con actividad en lugares abiertos o cerrados) entre las 4.00 y las 10.00. En la categoría 3° (supermercados, drugstores, quioscos) entre las 22.00 y las 10.00 del día siguiente.

El artículo siguiente refiere a la admisión y permanencia. Expendio y/o Consumo en la categoría 1°. Dichos establecimientos tendrán sus puertas abiertas hasta las 3.00, “no pudiendo ingresar el público luego de esta hora y finalizarán sus actividades como horario límite a las 6.00. El horario de cierre de actividades podrá modificarse por excepción por la autoridad competente”.

 

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