Desde Prefectura implementan prórrogas y trámites a distancia

Como consecuencia de la Emergencia Sanitaria, desde la Prefectura Naval Argentina se ha implementado un sistema de trámites a distancia y prórrogas para la presentación de documentación (certificados náuticos o reconocimientos médicos de la Marina Mercante, entre otros).

En este sentido, desde ahora se podrán iniciar por correo electrónico, las siguientes gestiones:

Obtención de certificados de seguridad de la navegación para buques de carga/pasaje y otorgamiento de prórrogas y/o convalidaciones fuera de término [email protected].

Obtención Certificado de Dotación de Seguridad, solicitud autorización de amarre para terminales nuevas, traslado de buques de carga/pasajeros y remolques divnavegació[email protected].

Será posible realizar también el despacho de buques por correo electrónico. De manera transitoria y excepcional, este trámite aplicará durante la vigencia de la emergencia sanitaria a los buques de cabotaje nacional. Procedimiento de solicitud de embarco/desembarco de tripulantes mediante correo electrónico.

Por otra parte, con respecto al personal de la Marina Mercante Nacional, se prorrogan los reconocimientos de aptitud médica hasta el 16 de mayo.

Además, las habilitaciones náutico deportivas se extienden hasta el 30 de abril y las auditorías al Sistema de Gestión de Seguridad hasta el 1 de abril.

En este contexto, el Registro Nacional de Buques, suspendió la atención al público (presencial o vía web) desde el 20 de marzo hasta el 1º de abril.

Quedan suspendidas, también desde y hasta esa fecha, la presentación en todas sus formas, presencial y vía Web (TAD, EE, CO, etc.) de todo tipo de trámites ante el Organismo.

Durante ese lapso y a fin de garantizar el desenvolvimiento de la actividad naviera del país, de vital importancia para el desarrollo económico del mismo, solo se admitirá exclusivamente el ingreso y despacho de documentos de origen judicial disponiendo la traba y/o levantamiento de las medidas de interdicciones de navegar de buques y artefactos navales pertenecientes a la Matrícula Mercante Nacional y de bandera extranjera.

Su despacho estará condicionado al previo tratamiento de los documentos ya ingresados respecto al buque en cuestión, como así también, a las condiciones operativas del servicio.

Por otro lado, se suspenden todos los plazos para la registración de documentos y el trámite de recursos y durante el mismo lapso, el cómputo del plazo de vigencia de las certificaciones previstas en el Capítulo VII – Artículos 38 a 44 de la Ley 19.170.

Cabe destacar que todos los documentos electrónicos cuyos ingresos ya han sido aceptados por la Mesa General de Entradas del Registro Nacional de Buques, siguen su curso.

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