Crespo: Se anunciaron las nuevas actividades comerciales habilitadas y el trámite para pedir habilitación

El intendente de Crespo, Arq. Darío Schneider, firmó el Decreto Nº 070/2020, a través del cual la municipalidad habilita el funcionamiento de locales en el que se realicen actividades comerciales y/o prestación de servicios, siempre que sus titulares soliciten la autorización para su funcionamiento, que será otorgada contra el cumplimiento del protocolo específico para la actividad que se trate.

Nuevas actividades habilitadas y protocolos

El nuevo decreto regula la habilitación de comercios de indumentaria, calzado, bazar, mueblerías, artículos del hogar, regalerías, joyerías, relojerías, viveros y otros rubros similares, no considerados de primera necesidad por las normas nacionales y que no se encuentren dentro de centros comerciales o galerías comerciales.

La autorización a funcionar también incluye a peluquerías y centros de belleza y/o estética personal que deberán trabajar exclusivamente por el sistema de turnos y con un protocolo diferenciado para dichas actividades.

No están habilitados

El Decreto Nº 070/2020 del DEM también aclara, en su Artículo 3, que está prohibida la apertura de las actividades que se mencionan a continuación (según lo establecido por el Artículo 4 del DNU 408/2020 del Poder Ejecutivo Nacional): Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas; Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional; Actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.

Horarios de atención

No se realizarán modificaciones a los horarios que fueran establecidos mediante Decreto Nº 050/2020 del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM): de lunes a sábado (8:00 a 18:00), domingos y feriados (8:00 a 12:00, con excepción en estos días para las estaciones de servicios que podrán extenderse hasta las 18:00).

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