Crespo: Recomendaciones municipales para venta de pirotecnia

pirotecnia1Ante la proximidad de las fiestas de Navidad, Año Nuevo y Reyes, donde es un hábito tradicional en la población la utilización de elementos de pirotecnia en los festejos, se recuerda a todos los comerciantes la vigencia de la Ordenanza 64/92, la cual reza en el 1º Artículo la autorización de la venta de elementos de pirotecnia sólo en el lapso de tiempo comprendido entre el 20 de diciembre de cada año y el 7 de enero del siguiente. Dicha actividad se debe efectuar bajo el cumplimiento de la norma 862/10 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Registro Nacional de Armas, la Ley Nº24.304 y la Ordenanza Municipal 64/92 y la previa presentación de informe en el área de habilitaciones de la Municipalidad. Por consultas dirigirse a la oficina de dicha repartición o comunicarse al 4951160 -Int. 137.