Crespo: Proyectos por libreta sanitaria y deudas vencidas en contribución por mejoras

Vista la implementación del programa de “Eficiencia Tributaria” que tiene en vigencia el municipio local, ingresó al Concejo Deliberante, un proyecto de ordenanza a través del cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar planes generales de pago hasta 36 meses, “conforme las condiciones y requisitos que deberán fijarse reglamentariamente y con carácter general, propendiendo a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, según la capacidad contributiva de los vecinos que soliciten el beneficio”.

En los considerandos se explica que “una cantidad importante de contribuyentes se han acercado con intenciones de regularidad su situación fiscal y así evitar mayores costos que generaría la ejecución judicial. Cabe acotar que según informó el secretario de Economía y Hacienda, Dr. Hernán Jacobla deuda en concepto de TGI, contribución por mejoras y Obras Sanitarias que tendrían los vecinos con la comuna sería de $ 15.000.000.

En la iniciativa, que es analizada por los ediles, se dispone asimismo “la condonación del 100% de los intereses, incluyendo moratorios y punitorios, correspondientes a las deudas por contribuciones de mejoras vencidas desde el 1 de noviembre de 2015 al 1 de febrero de 2017” que aseguran desde el DEM “no resulta perjudicial para los intereses de la municipalidad”. Este beneficio estará sujeto al pago de la deuda al contado o en hasta 3 cuotas mensuales, aplicándose en este último caso el correspondiente interés por financiación, conforme las normas vigentes. Además se aclara, que en caso de aprobarse este proyecto, “el pago de la deuda con este beneficio deberá efectivizarse o en su defecto, celebrarse el convenio de pago, dentro de los 60 días siguientes a la promulgación de la ordenanza” expresa el proyecto, firmado por el Dr. Jacob y el intendente Arq. Darío Schneider.

 

Cambios en libreta sanitaria  

 

Por otra parte, los concejales están analizando realizar una modificación en el artículo 116 de la Ordananza 30/09, referida a la obtención del carnet o libreta sanitaria. Con este cambio, se propone que aquellos choferes que presenten la licencia nacional habilitante, expedida por la Comisión de Regulación del Transporte, estarán eximidos del examen médico respectivo exigido para tener dicho carnet o libreta sanitaria.

En la propuesta se explica que por recomendación del Área de Bromatología Municipal, “se entiende que el requisito establecido en las normas municipales, donde se exige el examen médico, para los choferes de transporte de carga y de pasajeros, que tengan la licencia nacional habilitante quede exento”, atendiendo a que la exhibición de la LNH hace inverosímil que cumplió con todos los requisitos que la CNRT establece y por lo tanto, “se evitaría al contribuyente, mayores erogaciones de tiempo y económicas”.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y los términos de servicio de Google.