Crespo: Municipio busca determinar nuevas condiciones para la venta de alimentos en eventos

Venta alimentosBajo la firma del presidente municipal Ing. Ariel Robles y el secretario de Gobierno, Dr. Jorge Waigel, el Poder Ejecutivo ingresó un proyecto de ordenanza tendiente a regular la venta de alimentos en ferias, eventos y fiestas con fines benéficos. Asimismo, se busca enmarcar las condiciones higiénicas-sanitarias y de presentación de los repartidores a domicilio, comúnmente conocidos como “deliverys”.

El bosquejo legislativo consta de 15 artículos, mediante los cuales y entre otras cosas, se establece que las materias primas o productos alimenticios para la venta deberán estar siempre dispuestos sobre tarimas o estrados, en buenas condiciones de conservación e higiene, quedando terminantemente prohibido tenerlos al nivel del suelo y expuestos directamente al sol, las moscas u otro insectos. En caso de aprobarse, también quedaría determinado que las personas involucradas en la elaboración o el expendio de estos productos, deberán usar blusa y gorro blanco, exhibiendo buenas condiciones de limpieza.

La normativa prohibiría el fraccionamiento de los alimentos a comercializar, a excepción de los que respeten las condiciones de envasado establecidas por el Código Alimentario, con lo cual se evita la contaminación con el polvo de la calle, manoseos y demás.

Los organizadores de eventos, ferias o fiestas que incluyan la venta de alimentos, deberán presentar una solicitud de autorización ante la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas, detallando lugar, fecha, horario, objetivo del evento, productos a manipular, entidad organizadora, nombre y firma del responsable. Luego de aprobada su realización, la nota será enviada al Área de Bromatología, para que antes de producirse el evento o feria, realice una pre-inspección verificando los productos involucrados, condiciones y hábitos de higiene. En este contexto, el proyecto también busca prohibir la venta de carnes y/o subproductos elaborados con dicha materia prima, que no cuente con el sello del establecimiento habilitado para el expendio. En el caso de que se trate de donaciones para iglesias, clubes, escuelas, instituciones y/o organismos públicos, estos deberán presentar adjunto a la nota inicial un certificado de inspección de un médico veterinario matriculado, que verifique la aptitud de la carne a ofrecer.

Por otra parte, en cuanto a los repartidores a domicilio de productos alimenticios, el proyecto señala que los mismos deberían ser transportados y entregados bajo envoltura original de la casa de comercio que lo expendió. Asimismo, quienes realizan esta tarea tendrían que llevar uniformes (blusa, saco, chaleco, etc.), preferentemente de colores claros, en perfectas condiciones de limpieza. De este modo, se busca también que los repartidores porten una identificación personal y del comercio que presta el servicio, para una mayor seguridad del consumidor.

En cuanto a los vehículos de repartos, el bosquejo indica que serían controlados respecto de su aptitud para tal fin, debiendo encontrarse en todo momento en buen estado de conservación y limpieza, además de contar con los elementos para resguardo de la mercadería. En caso de detectarse irregularidades, los propietarios de las casas de comidas, restaurantes, rotiserías, hoteles y otros, para los cuales las unidades prestan servicio, serían responsables directos ante la autoridad sanitaria.

El viernes 14 de junio este proyecto ingresó formalmente al Honorable Concejo Deliberante, quedando en comisión hasta tanto los ediles lo debatan en comisión.