Crespo: La Fiscal pidió cadena perpetua para Miguel Medrano por la muerte de Romina Arévalo

Durante la segunda quincena de febrero, se estuvo llevando a cabo en la Cámara I, Sala II del Superior Tribunal de Justicia, el juicio a Miguel Medrano, a quien se le imputa la autoría del homicidio de Romina Arévalo. El trágico hecho ocurrió en abril de 2009, en el domicilio de la víctima, sito en esta ciudad.

La Fiscal Dra. Cecilia Goyeneche en declaraciones a El Observador, explicó el desarrollo que ha tenido la causa judicial: “El miércoles terminó la parte oral del juicio, terminó con los alegatos. Previamente, el día lunes habíamos recibido las declaraciones testimoniales de los padres de la víctima y el 23 por la mañana tuvo lugar el testimonio del psicólogo que analizó al Sr. Medrano. Anteriormente ya habíamos escuchado también la declaración del psiquiatra. En la jornada de los alegatos, por mi parte, después de analizar la prueba que se produjo, valorar la inusitada gravedad que tuvo este hecho, esencialmente por el vínculo que unía al Sr. Medrano con la Sra. Arévalo, solicité la pena de prisión perpetua. Es la que prevé el Código Penal para los Homicidios Calificados por el vínculo. En esta instancia también hablaron los defensores del acusado, quienes solicitaron la absolución por la inimputabilidad de Medrano. Este pedido se fundamenta en que se determinó que tiene una personalidad ‘borderline’. Esta carcaterística de su personalidad, indica que Medrano no habría podido contenerse, inhibirse o controlar sus impulsos, en el momento en el que atacó a su esposa. Ahora el tribunal está deliberando y el viernes 25 darán el adelanto del veredicto”, indicó la Fiscal.

En cuanto a los testimonios brindados por los médicos y la incidencia que podrían tener en la resolución del juicio, la Dra. Goyeneche sostuvo: “Los médicos aclararon que la característica de personalidad que observaron en Medrano no es patológica, ni es una enfermedad. Más bien es una perturbación. Este tipo de personalidad muestra a las personas muy irascibles, con dificultad para contener sus impulsos. Entiendo que los profesionales ni comprometieron ni dejaron de comprometer la situación de Medrano. Considero que ciertamente no dieron lugar a que se pudiera concluir que él no tenía ninguna capacidad de contener sus impulsos aquella noche que atacó a su esposa. Entonces la valoración que hiso esta Fiscalía de Cámara y que es la que pretendemos que acoja el tribunal, es considerar que si bien naturalmente no controló sus impulsos y apuñaló a su esposa en 6 oportunidades, esto no dá cuenta de la existencia de una patología que permita sostener que es una persona incapaz de actuar conforme se pretendía, conforme le exige la ley”.

La Fiscal descartó que existieran antecedentes de violencia en la pareja en cuestión y en tal sentido manifestó: “Según lo que dijeron los testigos, esencialmente la madre y el padre de la Sra. Arévalo, no había antecedentes. Ellos no conocían o al menos su hija nunca lo había puesto de manifiesto. Existían antecedentes de una crisis matrimonial. Arévalo y Medrano habían estado separados, acababan de volver a convivir 3 días antes de este hecho. Incluso también declaró un testigo, de apellido Viola, que es cuñado del Sr. Medrano y que vivía en una casa en la parte de atrás del domicilio de ellos, quien expresó que los había sentido tener discusiones pero no eran violentas. Señaló incluso que ni siquiera los había escuchado insultarse. Por ende no había un antecedente de violencia familiar o de violencia de género en este caso”.

Respecto a la situación emocional de los padres de Romina Arévalo, la Fiscal expresó: “Están naturalmente y como es lógico en esta situación, sumamente dolidos. Tanto por lo que pasó, como por la pérdida de su hija y también la situación de su nieto, que ahora está a cargo de ellos. El niño no tiene a su madre y tampoco hasta ahora la presencia de su padre, después de esta tragedia familiar”.

El viernes 25 a las 12.00 se dará a conocer el veredicto. Puede dictarse sentencia absolutoria o condenatoria y en su caso, qué pena se establece. Posteriormente, el Tribunal tiene 5 días para emitir los fundamentos correspondientes.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y los términos de servicio de Google.