Crespo: Dr. Méndez confirmó que hubo casi 500 expedientes iniciados en el Juzgado de Faltas en lo que va del 2019

Visitó esta semana el “Centro Periodístico de Entre Ríos”, el Dr. Javier Méndez, juez de Faltas del municipio de Crespo, quien en diálogo con el Cont. Fernando A. Huck, director de El Observador y conductor del programa “Grandes Reportajes” de Canal 6 ERTV, contó sobre el accionar del organismo que dirige, que recordemos fue creado en 1996. También habló sobre los casos en los que tienen intervención por infracciones de tránsito, ruidos molestos, problemas de vecindad, entre otros.

– El año pasado llegaron al Juzgado de Faltas unos 800 casos. ¿Se mantiene una tendencia similar para el 2019?

– Este año fueron 491 los expedientes iniciados, la mayoría por cuestiones de tránsito. Recordemos que recaen en el Juzgado, infracciones a normas de seguridad y bienestar, a códigos de construcciones, violaciones a normas de Bromatología, también por “ruidos molestos”, entre otras áreas. Uno tiene un poder sancionatorio, pero a eso tiene que ejercerlo con prudencia, siendo justos y respetando el “orden social”…

– ¿Ha variado la tarea del Juzgado, desde su creación, 23 años atrás?

– Sí, ha cambiado muchísimo. Cuando se creó el de Crespo, no había muchos otros en la provincia, estaban solamente en las localidades más grandes. Hoy cada vez más localidades los tienen, porque es una válvula necesaria para el Departamento Ejecutivo Municipal. Imagínense que si ellos tuvieran que resolver toda esta gama de problemas, como era antes de 1996. Las municipalidades crecen y las sociedades se hacen cada vez más complejas, por lo que era necesario tener un organismo con cierta independencia que se encargue del juzgamiento y sanción ante las violaciones a las ordenanzas. Vamos a un ejemplo concreto: si una persona planta mal un árbol, a una distancia antirreglamentaria de una medianera (menor a 3 metros), que va a afectar al vecino. La intervención del Juzgado debe ser, primero constatar si existe o no la infracción. Yo trato siempre de buscar una solución, porque se puede aplicar una multa, pero el problema sigue existiendo y en este caso, el árbol seguirá estando. Buscamos citar a la persona que está en infracción y se hace la intimación, para que se solucione esa falta entre los vecinos…

– El año pasado aplicó multas por $ 750.000…

– Sí, pero el criterio del Juzgado no es recaudatorio. Si logramos que la persona corrija el error, cerramos el expediente y solucionamos el problema. Ahora si la situación conflictiva continúa, porque la persona que está en infracción es rebelde, no acata la intimación, ahí no queda otra que sancionarlo. Hay que aclarar que la Justicia de Faltas no es la civil, que resuelve problemas de daños y perjuicios. La única forma que tenemos contra un infractor remiso a cumplir, es la sanción económica, y después la persona que se ve perjudicada, lo que le queda es la justicia ordinaria para resolver su conflicto privado. Buscamos que prime la convivencia, con los vecinos vamos a vivir siempre, por lo que no es bueno estar peleado…

– Hay muchas quejas por escapes libres de autos y motos, música fuerte que molesta al vecino…

– Esas situaciones se encuadrarían en “Ruidos Molestos”. Son los más complicados, porque a veces, son difíciles de comprobar. Incluso hubo gente que vino 2 días después a hacer el reclamo. Las infracciones se tienen que constatar, no se puede hacer un acta en abstracto e inventar que se están produciendo ruidos molestos. Con relación a los escapes libres, se han labrado infracciones…

– ¿Hay controles por la música en las fiestas, boliches…?

– La GUM (Guardia Urbana Municipal) está controlando. En el caso de los boliches, funcionan hasta las 6 de la mañana. Para las fiestas privadas, hay que pedir un permiso a la municipalidad cuando va a ser grande. Es muy amplio el espectro referido a ruidos molestos. La ordenanza prevé un límite de decibeles…

– En el municipio se implementó la compactación de los vehículos retenidos por infracciones de tránsito y que no fueron retirados por el propietario…

– Sí. Cuando un vehículo es retenido, el trámite consiste en abonar la infracción y presentar la documentación que acredite que quien lo va a sacar, es el titular del mismo o una persona autorizada ante escribano público o el Juzgado de Paz. Ocurre que muchas veces la documentación es deficiente, venía circulando en irregularidad de condiciones… Si no aparece el titular del vehículo retenido, va a parar al corralón y pasado determinado período, se publican edictos para citar a los eventuales dueños y si no se presentan, se procede a la compactación y a la destrucción de dichos vehículos…  

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