Crespo: Cómo tramitar la condición de legítimo usuario de un arma de fuego

Armas secuestradas CrespoLa semana pasada, personal policial local secuestró 3 escopetas de grueso calibre, cuyos tenedores o el arma misma, estaba vinculada a ilícitos. Además de estas irregularidades detectadas, también se constató como factor común, que quienes las tenían en su poder carecían de la documentación y habilitación legal para su tenencia o traslado. En ese contexto, amerita recordar que todo ciudadano que posea un arma de fuego, debe solicitar la condición de legítimo usuario ante la repartición habilitada en la comisaría a tal fin. Su encargado e instructor de tiro, sargento ayudante Humberto Elsesser, explicó a El Observador: “Es un trámite que pueden realizar a través de nuestra oficina, todas las personas propietarias y/o tenedoras de armas en el departamento Paraná. Los requisitos se circunscriben a las exigencias de la Ley 20.429, que entre otras cosas, indica que el peticionante debe ser mayor de 21 años, no tiene que poseer antecedentes desfavorables a nivel nacional, lo cual se acredita con certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y además, debe comprobar que tiene un medio lícito de vida, ya sea con su inscripción de AFIP, el recibo de haberes en caso de ser jubilado o empleado bajo relación de dependencia, entre otras constancias. Se puede solicitar el uso civil del arma y a mayor calibre, el uso civil condicional. Es una cuestión que la determina la propia categoría del arma de fuego”. Toda la documentación se remite y es evaluada por el Registro competente, el cual expide la credencial, que es recepcionada por la comisaría en un plazo que ronda los 2 y 3 meses.

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