Crespo: Aplicarán multas desde $1.000 a frentistas que saquen de raíz los árboles públicos

Tala árbolDesde la Secretaría de Servicios Públicos Urbanos y Medio Ambiente, a cargo del Ing. Leandro Vacaretti, se informó que para realizar la poda de árboles de la vía pública en forma particular, el vecino debe presentar una nota con tal requerimiento, en Mesa de Entrada del municipio, dirigida a dicha área. En caso de que se produzcan talas totales o parciales de las especies arbóreas, sin contar con la mencionada autorización, dicha acción será sancionada, conforme lo dispuesto por el artículo 66 de la Ordenanza 70/96, la cual expresa: “El que destruyere plantas, árboles, bancos, instalaciones, ornamentaciones, juegos u otra obra o servicio destinado al uso o recreación pública, existente en plaza, parques, paseos o calles y/o cualquier obra pública o privada municipal, sufrirá la sanción de una multa, sin perjuicio de afrontar la reposición o en su caso deberá proceder a la indemnización del valor del objeto dañado o destruido de acuerdo a lo que determine el Departamento Ejecutivo Municipal”. Ante un episodio de la tala indiscriminada, un inspector constatará la faltante del árbol, producto del accionar del frentista. El vecino será notificado de dicha inspección y tendrá un plazo de 5 días, para presentarse ante el Juez de Faltas a justificar su accionar. Si correspondiere aplicar la sanción, ésta será como mínimo de $1.000. Cabe aclarar, que la sanción se aplicará únicamente cuando se retira la especie arbórea, no por el mal procedimiento a la hora de podar.