Conflicto con AGMER y AMET: El gobierno solicitó la conciliación obligatoria porque “peligra el derecho a aprender”

Ante los rechazos a las propuestas salariales y la realización de medidas de fuerza que, el gobierno provincial solicitó al Poder Judicial la conciliación obligatoria a Agmer y Amet para que se abstengan de realizar paros y se convoque a una audiencia de conciliación.

 

“El derecho que peligra es el de aprender” que “está consagrado en la Carta Magna”, consigna el escrito presentado este viernes ante el Juzgado de Trabajo en turno de Paraná. También se pone de relieve que “desde el Gobierno Provincial se han hecho todos los esfuerzos posibles en conversaciones informales inicialmente y luego en sede administrativa por llegar a un acuerdo con las entidades gremiales que permita el desarrollo normal de la actividad educativa”.

 

Es en ese marco, que el gobierno pone en conocimiento al Poder Judicial que “nuestro derecho de negociar de Buena Fe, se ha visto vulnerado y conculcado, entendiendo que la instancia judicial será el último eslabón posible para conseguir el acuerdo que ponga fin a la situación de conflicto”.

 

En el documento firmado por Miriam Clariá, abogada apoderada del Consejo General de Educación, con patrocinio letrado del Fiscal de Estado de la Provincia de Entre Ríos, el gobierno promueve ante el Juzgado de Trabajo en turno de Paraná, la acción prevista en el artículo 1º último párrafo de la ley 9624, a fin de que se disponga la Conciliación Obligatoria prevista y la suspensión de las medidas de fuerza dispuestas o a disponerse por el término previsto en el artículo 16 de esa ley, es decir, por un término de 20 días hábiles.

 

Esta demanda se promueve contra la Asociación Gremial del Magisterio (AGMER) y la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET).

 

“Siendo que la modalidad gremial es repetida en cuanto a que al rechazo de una propuesta salarial siempre se le agrega una medida de fuerza, es que esta parte prevé inicialmente la necesidad de solicitar desde la promoción del presente la habilitación expresa de días y horas para el tratamiento del presente, conforme lo dispone el artículo 150 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Entre Ríos”, señala el escrito.

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