Colonia Avellaneda: Implementan una moratoria municipal

descargaDesde el Poder Ejecutivo Municipal, el pasado 8 de octubre se presentó en el Concejo Deliberante, el proyecto de ordenanza en el cual se dispone la implementación de la “Moratoria 2014”, que contempla a todos los vecinos que mantengan una deuda con la comuna.

Según informaron desde la municipalidad en un texto enviado a la redacción de El Observador, “con esto se busca establecer un ‘Régimen de Regularización de Deudas Tributarias’ que comprenderá a todos los tributos administrados por Rentas Municipal sus intereses y multas, además de las multas municipales en sus diferentes configuraciones”.

En este sentido, indicaron que quedarán alcanzadas por los beneficios, las deudas tributarias devengadas, retenidas o percibidas y sus accesorios, vencidas al 30 de septiembre de este año, independientemente de que las mismas se encuentren intimadas, en proceso de determinación, en gestión extrajudicial, en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo, sometidas a juicio de apremio fiscal o incluidas en otros Regímenes de Regularización Ordinarios y Extraordinarios, vigentes o caducos al momento de entrada en vigencia de la moratoria.  Se dispondrá la condonación en un 50% de las multas e intereses, correspondientes a la deuda a regularizar, pero para ello, el contribuyente o responsable, deberá cumplimentar el deber omitido, en caso de corresponder, con una antelación no menor a cinco días hábiles a la fecha de acogimiento.

“El acogimiento al Régimen de Regularización Tributaria instituido tiene el carácter de Declaración Jurada e importa para los contribuyentes y/o responsables el allanamiento a la exigencia del Fisco Municipal respecto de los tributos que se regularicen, la asunción de las responsabilidades que le correspondan por el falseamiento de la información y la renuncia al término corrido de la prescripción de la deuda en él declarada”.

El atraso de dos cuotas de la moratoria, produce de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna, la caducidad del beneficio acordado y los ingresos efectuados serán considerados pagos a cuenta de lo adeudado, de acuerdo a las disposiciones municipales.

El plazo de acogimiento del Plan de Regularización Tributaria establecido, se extenderá hasta el 15 de diciembre inclusive y podrá ser ampliado y/o prorrogado por el Ejecutivo Municipal, en caso de que éste lo considere necesario. “La moratoria es una indispensable herramienta, tanto para el vecino como para el Estado municipal, porque los beneficios son mutuos y directos, logrando que el contribuyente pueda estar tranquilo y al día con sus impuestos y el municipio pueda aumentar la recaudación para volcarla en obras y servicios para el distrito”, destacaron.

Para mayor información de la Ordenanza, dirigirse a la correspondiente repartición del municipio local.