C. Merou: Justicia rechaza pedido de una mamá para que su hija concurra sin barbijo a clases

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó, por mayoría, una acción de amparo impulsada por una mujer, quien pidió que su hija asista a una escuela (de Colonia Merou) “sin ningún tipo de exigencia en cuanto al uso de tapaboca/barbijo/dispositivo en su boca, conforme los certificados médicos acompañados”.

En su presentación, planteó que su hija, de 12 años, se vio afectada por el uso del barbijo, puesto que le habría causado dermatitis, cefalea y mareos. En primera instancia se receptó el amparo, pero luego el STJ consideró que el uso de tapabocas usado correctamente sumado a otras medidas “disminuye la posibilidad de transmisión de COVID-19”, y que “a partir de los 12 años se aconseja su uso en iguales circunstancias que en adultos”.

Para los magistrados, “no se ha especificado a qué tipo de tapabocas la niña presentó reacciones adversas” y que la falta de confort que genera la presencia del tapaboca “es común en mayor o menor medida para todas las personas y aparecen en el uso prolongado del mismo por lo que se indica un descanso de 10 o 15 minutos cada hora de uso para prevenir o aliviar dichos síntomas”.

“En caso de que no se tolere el barbijo quirúrgico se puede recurrir a mascarilla facial anti empaño, cuya ventajas sería una correcta visualización, protección de toda la cara (boca, nariz y ojos) sin tomar contacto con la piel. Estas medidas mientras la niña se encuentre en un ambiente cerrado y en presencia de otras personas o cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de 2 metros”, añadieron, según publicó “Diario Judicial”.

Y concluyeron: “El contexto epidemiológico habilita a adoptar las medidas activas y concretas para la mitigación del SARS-Cov-2; máxime, en aquellos espacios físicos que se presentan favorables para la propagación del virus”.

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