Bovril: Prohíben venta de bebidas alcohólicas en eventos deportivos

La semana pasada el Concejo Deliberante tuvo una nueva sesión para tratar temas del orden del día. El primero de los proyectos, enviado por el Ejecutivo, solicita al cuerpo legislativo la ratificación en todos sus términos del convenio celebrado el 10 de agosto de 2018 entre la municipalidad y el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV) para la ejecución de cinco viviendas en el marco del programa “Primero Entre Ríos, Primero tu Casa”.

Además, se trató sobre tablas un Proyecto de Ordenanza presentado por el bloque del Frente Cambiemos que solicita la denominación “Ernesto Sábato” a la calle pública con salida Avenida Gregorio Heit, en el Grupo 9 C. El mismo prevé que es de gran importancia nombrar las calles públicas para que los vecinos puedan adquirir un domicilio y que dicha solicitud se basa en que Sábato fue un gran escritor argentino y presidente de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP).

El siguiente tema fue un Proyecto de Ordenanza que solicita la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en espectáculos deportivos. La misma regirá dos horas antes de que se habilite el acceso del público al estadio, y hasta una hora después de la finalización del espectáculo. Si se habilitara otro estadio además de los dos que se encuentran en funcionamiento en la ciudad, regirán las mismas pautas. En todo lugar donde se desarrolle un espectáculo de fútbol estará prohibido el acceso o permanencia de personas con evidentes signos de ebriedad o drogadicción. Así mismo, para la venta de bebida sin alcohol no podrán utilizarse envases ni vasos de vidrio y/o metálicos. Las infracciones serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 732/2012 y Código de Faltas Municipal.

Los mencionados proyectos fueron aprobados por unanimidad, mientras que se envió a comisión un proyecto en el que el Ejecutivo solicita al cuerpo la aceptación de donación a la municipalidad por parte de José Alberto Pérez del inmueble urbano ubicado en Cuartel 2°, Manzana N° 4, calle Leandro N. Alem esquina Arroyo Feliciano de esta ciudad, de 600 metros cuadrados con el cargo de que sea utilizado para la construcción de un centro de salud municipal.

 

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