Bovril: Nueva ordenanza para el servicio de remis

remis1Desde el Juzgado de Faltas del municipio, se comunicó que desde el 1° de noviembre, comenzará a regir la Ordenanza 802/14 referida al servicio de remis.

La misma, se encuentra enmarcada en el proceso general de reordenamiento y seguridad del tránsito en la ciudad y prevé que “podrán ser permisionarios de este servicio público tanto las personas físicas como jurídicas, con domicilio real o social en la ciudad de Bovril, debiendo pagar anualmente los derechos de licencia habilitante”. Los vehículos a utilizar en la prestación de este servicio público, deberán reunir los siguientes requisitos: El modelo del automóvil a utilizar no podrá tener una antigüedad mayor de 10 años, en los términos de las Ley Nacional de tránsito Nº 24.449; estar en perfectas condiciones de uso, seguridad, mantenimiento, limpieza e higiene y demás condiciones requeridas a los vehículos para circular, tanto por la legislación nacional como local; deberán someterse a una inspección técnico-mecánica de carácter obligatoria, una vez por año, en el organismo o taller mecánico particular que el Departamento Ejecutivo determine, quien certificará que el vehículo se encuentra en condiciones de prestar el servicio; deberá llevar en un lugar visible la identificación de “remis”, otorgada por la Municipalidad, cuya portación será obligatoria y deberá portar obligatoriamente para facilitar su control, la constancia de inspección técnico-mecánica y la habilitación municipal para prestar dicho servicio”.