Bolivia: La Justicia avala la reelección indefinida de Morales

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP ) sorprendió ayer al país con la Sentencia Constitucional 0084/2017 que habilita al presidente Evo Morales, al vicepresidente Álvaro García Linera y a todas las autoridades electas a repostularse de manera indefinida.

Con el fallo, el TCP declaró procedente la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta presentada por los legisladores del MAS Nélida Sifuentes, David Ramos, Nelly Roso, Aniceto Choque, Ana Vidal, Julio Huaraya, Felipa Málaga, Ascencio Lazo, Juan Vásquez, Edgar Montaño, y los opositores disidentes Víctor Gutiérrez y Santos Paredes, el pasado mes de septiembre.

El presidente del TCP, Macario Lahor Cortez, explicó que la Sentencia Constitucional 0084 se basa en la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) por ser una norma más favorable con relación a los derechos políticos sobre los artículos 156, 168, 285 y 288 de la Constitución Política del Estado (CPE), que limitaba la reelección continua de los gobernantes.

“La sentencia se sustenta básicamente en el control de convencionalidad que este tribunal ha realizado de los artículos 166, 168, 285 y 288 de la CPE en relación la Convención Americana sobre Derechos Humanos que consagra los derechos políticos habiéndose establecido que dicho instrumento internacional en relación a dichos derecho se declaran como más favorables que los contenidos en la norma suprema (CPE)”, dijo Cortez a los medios en Sucre, y evitó dar explicaciones más detalladas del fallo.

Esta disposición habilita no sólo al presidente y al vicepresidente, según Cortez, sino a gobernadores, alcaldes, concejales y asambleístas que deseen repostular a sus cargos.

Los Tiempos

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