Anmat prohibió la comercialización de una marca de arroz santafesina

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat ) prohibió la comercialización de un té matcha marca Makam Food, así como un arroz largo fino santafesino de la marca Bramador.

Según se publicó hoy en el Boletín Oficial en la disposición 4762/2018 , el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia en relación al producto “Té Matcha Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten”, envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile, que no cumpliría la normativa alimentaria vigente.

El organismo concluyó que el té carecía de autorización y por ende lo definió como “producto ilegal”. Por ese motivo, la Anmat resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del “Té Matcha Makam Food, Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten” envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile.

El organismo también decidió, a través de la disposición 4764/2018, prohibir un arroz largo fino de la marca Bramador. La medida se dio luego de que se realizara un programa de monitoreo de la Dirección General de Bromatología de Santiago del Estero en relación al producto mencionado.

La Anmat resolvió que el arroz mencionado no cumplía con la normativa alimentaria vigente al “estar falsamente rotulado por consignar en el rótulo el símbolo de alimento libre de gluten, y no estar autorizado como tal, resultando ser en consecuencia ilegal”.

En ese sentido, el organismo resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Arroz largo fino, 100% Natural, calidad 0000, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten”, marca Bramador, RNPA N° 21-112853, RNE N° 21-112917, elaborador: Cia. Arrocera Santafesina S.A, Ruta Provincial N° 1 km 265, localidad de Alejandra, provincia de Santa Fe.

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