ANMAT prohibió dos marcas de aceite de oliva: cuáles son y los motivos

La ANMAT informó las medidas tomadas a través de dos Disposiciones publicadas en el Boletín Oficial de la Nación.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta y el consumo de dos marcas de aceite de oliva.

La noticia fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación de este lunes 26 de diciembre de 2022.

El primer aceite de oliva prohibido por ANMAT

Mediante la Disposición 10038/2022 publicada este lunes en el BO, la ANMAT prohibió a la marca “Organic Olisa Premium Quality – Extra Virgin Olive Oil – Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío – Elaborado por RNE 02-034255, RNPA Expte 4120-004917-21 – Producto de La Rioja – Industria Argentina.

La denuncia la hizo un consumidor que al comprarlo sintió que el aceite estaba “sin aroma a oliva y el cual al ser sometido al calor emana olor fétido”.

Luego de una investigación la ANMAT dispuso: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto Organic Olisa Premium Quality – Extra Virgin Olive Oil – Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío – Elaborado por RNE 02-034255, RNPA Expte 4120-004917-21 – Producto de La Rioja – Industria Argentina, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE perteneciente a otro elaborador y un RNPA inexistente, resultando ser un producto ilegal”

El segundo aceite de oliva prohibido por ANMAT

En tanto, a través de la Disposición 10037/2022 publicada en el Boletín Oficial se prohibió la otra marca de aceite de oliva, tras la denuncia de un particular.

“Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: Aceite de oliva extra virgen – Intenso Premium – marca Dell’ Olivo – Elaborado por Dell’ Olivo S.A – RNE N° 04055381, RNPA N° 04066198, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al indicar un RNE inexistente y un RNPA correspondiente a otro producto, resultando ser un producto ilegal”, informó ANMAT.

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