Amparo ambiental contra norma que habilita la caza de especies autóctonas

El vocal de la Cámara Civil y Comercial, Sala III, de Paraná, Andrés Manuel Marfil, resolvió dar curso al trámite del amparo ambiental presentado desde el Centro para el Estudio y Defensas de las Aves Silvestres (CEYDAS); Foro Ecologista de Paraná, Conciencia Animal; Club de Amigos de las Aves Silvestres de Entre Ríos y la Asociación Civil para la Justicia Ambiental (AJAM).

Asimismo, resolvió tenerlas por parte y con legitimación acreditada de modo suficiente a estos fines:

1º. La declaración de nulidad de la Resolución Nº 1099 de la Dirección de Minería, Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Provincia de Entre Ríos.

2°. Que se efectúen los estudios pertinentes conforme lo plasma la Ley de Conservación de la Fauna N° 22.421 y su Decreto reglamentario N° 666/97 y la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres y la Convención de Ramsar.

3°. La declaración de sujetos de derechos de las especies cuya caza se habilita.

El magistrado dispuso correr traslado de la demanda y librar el pertinente mandamiento contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, para que en el plazo de siete días corridos (art. 74 de la ley 8369, modificado por la ley 10.704), informe sobre la exactitud de los hechos que motivan la demanda, dando en su caso las razones pertinentes.

Cabe señalar que a través de la Resolución Nº 1.099, se habilitó desde el 14 de mayo pasado y hasta el 15 de agosto, la caza de 6 especies, 5 de ellas autóctonas y es por ello que dichas organizaciones ambientalistas y de protección, presentaron este amparo.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la política de privacidad y los términos de servicio de Google.