¿Qué pasa con las personas que pueden votar y no lo hacen?

La multa por no votar quedó desactualizada con la última reforma a la ley y aún rige en pesos argentinos (1983). Por lo tanto, quien no vote está condenado a pagar una multa de entre 50 y 500 pesos, pero de la moneda de aquel entonces, que luego fue reemplazado por el Austral y el peso actual. Entonces, se estima que la multa se establecería en un rango que va de $ 0,0005 a $0,00005. En definitiva, es una cifra inaplicable. De todos modos, la Secretaría Electoral de Entre Ríos confirmó a RecintoNet que para actualizar ese valor se impondría una multa de 10 pesos y aunque la pena en términos dinerarios resulte insignificante, no lo son tanto las complicaciones que pueden surgir a la hora de realizar otros trámites.

 

El pago de la multa, según la ley, “se acreditará mediante estampilla fiscal que se adherirá al documento cívico en el lugar destinado a las constancias de emisión del voto y será inutilizada por el juez electoral, el secretario o el juez de paz”.

 

Pero, la infracción más allá de la cuestión dineraria puede traer otro tipo de complicaciones. Entre ellas, por ejemplo, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

El infractor que no la oblare no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales. Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de sesenta días establecido en el primer párrafo del artículo 125, es decir unos sesenta días. Entre los impedimentos se encuentra por ejemplo, la tramitación del pasaporte.

 

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